La Presidencia de la República notificó formalmente al presidente electo, Abelardo de la Espriella, que su posesión del próximo 7 de agosto no podrá celebrarse en una guarnición o base militar, como se había planteado, sino que deberá llevarse a cabo ante el Congreso de la República en el Capitolio Nacional, tal como lo establecen las normas vigentes.
La determinación quedó consignada en una carta revelada por Caracol Radio, en la que la Jefatura de Despacho recuerda que el artículo 9 de la Ley 5 de 1992 fija la sede del Congreso en Bogotá y que el Decreto 770 de 1982 regula el protocolo de transmisión del mando presidencial. Con base en estas disposiciones, el Gobierno sostiene que carece de competencia para autorizar, avalar o gestionar un escenario distinto para la ceremonia.
El documento precisa, sin embargo, que el Legislativo sí tiene la facultad de trasladar excepcionalmente su sede por acuerdo de ambas cámaras, o en situaciones de alteración del orden público, de conformidad con la ley. De esta manera, cualquier modificación al lugar tradicional de la posesión dependería exclusivamente del Congreso y no del Ejecutivo.
La comunicación pone fin, al menos por ahora, a la controversia surgida en torno a la posibilidad de realizar la investidura en una instalación castrense, un debate que ha reavivado la discusión sobre el alcance de las competencias de cada rama del poder público y el simbolismo institucional que rodea la transmisión del mando presidencial en Colombia. El episodio anticipa nuevas conversaciones entre el gobierno saliente y el entrante en medio del proceso de empalme y la preparación de la ceremonia que marcará el inicio del próximo cuatrienio.








