¿Cómo influye la reducción de la jornada laboral en el receso del almuerzo?

Desde el pasado 16 de julio, en Colombia se redujo la jornada laboral gradualmente de 48 a 47 horas semanales.

Hasta el momento, se han generado dudas acerca de si este hecho podría generar cambios, o no, en otros aspectos de trabajo, como el sueldo y la hora destinada al almuerzo.

De acuerdo con el Departamento Administrativo de la Función Pública, para aclarar la situación del tiempo del almuerzo, se hace referencia al artículo 167, con un análisis previo de la Corte Suprema de Justicia, del Código Sustantivo del Trabajo donde se afirma que:

“El artículo 167 del Código Sustantivo ordena que las horas de trabajo durante cada jornada se dividan, al menos, en dos secciones, con un intermedio de descanso. Lo cual significa que, así como es ilícito desarrollar la jornada sin ninguna interrupción, resulta legalmente plausible que la jornada se distribuya en más de dos secciones, para que durante los respectivos interregnos los empleados puedan tomar sus alimentos o algún refrigerio o tener un poco de solaz o de descanso que les permitan recuperar sus energías”

En ese sentido, se llegó a la conclusión de que, aunque la hora del almuerzo no forma parte de la jornada laboral, no sería posible que este tiempo se vea afectado o reducido por los nuevos ajustes en el tiempo de trabajo.

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