Luego de haber descrito, en sendas columnas, algunas de las particularidades que caracterizan el quehacer del alcalde y de los concejales, resulta oportuno acercarnos a la figura de esta importante autoridad administrativa local. Como punto inicial tenemos su definición a partir de una de las mejores acepciones que tiene la palabra “edil”, la romana, que alude a la representación o encargo de las obras públicas.
Se trata de un organismo o cuerpo administrativo de elección popular que está material y absolutamente inmerso en la cotidianidad de las comunidades, en las bases mismas de las necesidades, en la calle, en el barro, en aquellos lugares donde se hace realidad la “falta o ausencia del estado”. Creo que aquí radica su verdadera, aunque a muchas veces subestimada, valía y fortaleza.
Y es que esa inmediación no obedece sólo a su modesto tamaño, ya que se eligen de acuerdo a cuestiones de circunscripción territorial que no voy a tocar aquí, y siempre serán entre 3 y 9 miembros por cada comuna o corregimiento, sino a que dentro de sus principales funciones está la de reunirse, congregarse, al menos una vez cada tres meses con sus respectivas comunidades. He aquí un termómetro infalible para evaluar la gestión de los que aspiran a la reelección. Es decir, edil que no visita a su gente, edil que no sirve, así de sencillo.
Son los primeros responsables de promover, en coordinación con las diferentes instituciones cívicas y Juntas de Acción Comunal, la activa participación de los ciudadanos locales en el diseño o formulación de propuestas de inversión ante las diferentes autoridades del nivel nacional, departamental y, por supuesto, local.
Y es que es tal el nivel de cercanía y de intimidad con las comunidades que, incluso, es requisito residir o tener arraigo por al menos seis meses de antelación en la respectiva localidad donde se pretende prestar tan especial servicio público. No se compadece con la naturaleza de este servicio público que quede en manos de personas ajenas al sector o localidad.
De otra parte, si bien es cierto que no son los llamados a ejercer funciones de ordenación del gasto, no se puede negar que su rol en materia de protección de derechos fundamentales y colectivos es determinante al punto que, una buena labor edilicia, podría generar decisiones judiciales y administrativas de alto impacto y de verdadera trascendencia.
Son, además, voceros idóneos para la protección ambiental y el uso de los espacios públicos de los sectores que representan. De manera, pues, que si su barrio está muy desordenado o sucio, muy seguramente hay un flagrante incumplimiento de funciones en cabeza de los ediles de su localidad.
Uriel Ángel Pérez Márquez – Docente universitario, X – @cataroatento