Proyecto de Protección Costera: un desarrollo significativo


María Fabiola Montenegro es la representante de los pescadores de la Asociación Afro Renacer de Dios, una de las tantas asociaciones gremiales de pescadores y vendedores de playa vinculadas al Proyecto de Protección Costera en Cartagena.

Hoy, María Fabiola ratifica la voluntad y el cumplimiento a la ficha PMA-GS-02 que lleva por nombre ´Programa de información y participación comunitaria´, uno de los tantos compromisos adquiridos por el Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (PNUD) como garante del plan de gestión social del proyecto.

Tal como expresa, durante el desarrollo del proyecto, el PNUD ha mantenido comunicación permanente con las comunidades a través de los cuatro puntos de Atención e información al usuario (PAU) y la Oficina de Atención a la Comunidad (OAC). Del mismo modo, los servidores turísticos han partcipado de 11 Comités de Participación Ciudadana, para tratar aspectos como el pago de compensación, avances de las obras en cada una de sus fases, socialización del plan de gestión social y demás acciones desarrolladas en relación a las obras físicas del Proyecto de Protección Costera.

«Estoy muy contenta con el PNUD porque hemos podido hacer un buen trabajo tanto con el proyecto como con las comunidades, gracias por habernos tenido en cuenta y permitirnos aclarar nuestras dudas en espacios donde han participado entidades como la Cámara de Comercio y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y hemos conocido los avances del proyecto, qué cosas se han hecho bien y qué se puede mejorar » añadió María Fabiola.

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No aplicará para  los vehículos automotores de seguridad, servicios públicos y los destinados a la atención de emergencias, tales como ambulancias, Bomberos, Policía, vehículos pertenecientes al Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte- DATT, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF, vehículos de recolección de basuras, vehículos de mantenimiento de servicios públicos domiciliarios y vehículos al servicio de la Curia. • También se exceptúan los vehículos pertenecientes a los residentes en la subida de La Popa (Carrera 21) desde la intersección con Calle 34, quienes podrán ingresar a la vía restringida de acuerdo con las recomendaciones de la Policía Nacional y bajo la supervisión de las autoridades. • Los vehículos exceptuados deberán tener un peso máximo de 5 toneladas, así como un máximo de 22 pasajeros. • También estará prohibido el parqueo vehículos particulares en el área ubicada en el Cerro de la Popa, frente a la entrada del Convento de Santa Cruz de la Popa, entre las 05:00 a.m., y las 08:00 a.m., y entre las 05:00 p.m., y las 09:00 p.m., desde el día 23 de enero de 2025 hasta el día 2de febrero de 2025. • Estará restringida la circulación de personas hacia el Cerro de la Popa (Carrera 21 desde la intersección con Calle 34), entre las 09:00 pm y las 05:00 am del día siguiente, desde el 23 de enero de 2025 hasta el 2 de febrero de 2025. • Se exceptúa de esta restricción a las personas que residan en El Cerro de La Popa (Carrera 21 desde la intersección con Calle 34), quienes podrán ingresar a la via restringida de acuerdo con las recomendaciones de la Policía Nacional. • También  estará prohibida la utilización de caballos, yeguas, asnos, mulas y otros semovientes para transportar personas o materiales durante las Festividades de la Virgen de al Candelaria, con el fin de evitar cualquier forma de abuso, maltrato, violencia o trato cruel hacia los mismos, según lo dispuesto en las Leyes 84 de 1989 y 1774 de 2016. 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