“…A igual trabajo, igual salario…”, Código del Trabajo.
Por Alvaro Morales de León
Les confieso que la primera vez que oí hablar de OPS pensé que se estaban refiriendo a la Organización Panamericana de la Salud, y eso fue por allá por el año 2001, es decir, hace unos 21 años, aunque de su creación y existencia ya se venía hablando en Colombia desde los tiempos en los que Virgilio Barco Vargas nos gobernaba como presidente (1986-1990), y cuando Manuel Domingo Rojas, en 1988, estrenaba la elección popular de alcaldes en Cartagena.
Las OPS, propias generalmente del sector público, casi siempre, son un modelo un poco mejorado o distorsionado de lo que fueron los llamados “auxilios” y de las llamadas “corbatas”; pero, aunque así parezca, las OPS encarnan el más vil y precario esquema de contratación laboral caracterizado por la vulneración de casi todos los derechos laborales del trabajador.
Nacieron con el disfrazado pretexto de no incrementar la planta de personal de las entidades públicas llevando con ellas a la contratación, por fuera de la nómina, de personal supuestamente calificado, que entra a ejercer labores misionales propias de la respectiva entidad donde vinculan al que le han dado la OPS, y todo esto se hace a pesar que exista en tal dependencia el personal de planta para la misma labor, constituyéndose claramente en las que se ha denominado como “Nóminas paralelas”, y en verdad que sí lo son.
Según cifras de las Centrales Obreras, son aproximadamente un millón doscientos mil colombianos las que están laborando a través de OPS, modelo de vinculación que erradamente el DANE asume como formal, pero que en verdad no lo es, aunque coticen en seguridad social.
Lo incomprensible e injusto con los trabajadores por OPS es que a pesar de cumplir con todos los requisitos y obligaciones laborales que también cumplen los trabajadores de Planta de una entidad Estatal, tales como cumplir horario, asistir a la oficina y cumplir órdenes de un Jefe, por el contrario a los de Planta, los de OPS no tienen vacaciones, no les pagan cesantías ni primas, y además, les toca pagar la totalidad de los aportes en la seguridad social, el 12.5% en salud y el 16% en aportes en pensión; cuando el trabajador de Planta sólo paga el 4% por salud y el 4% por pensión.
A todo lo anterior hay que agregarle que en la vinculación laboral por OPS todos los gastos que correspondan a la ejecución del contrato o labor encomendada corren por cuenta del trabajador contratado, gastos que van desde el transporte, alimentación, papelería, comunicaciones, etc., añadiéndole también la obligación de pagar la cotización por riesgos laborales a las conocidas ARL.
Pero no bastando con todo lo anterior, al contratado por OPS lo contratan por una recomendación que le ha hecho un político o politiquero ante el ordenador del gasto buscando que le satisfagan su apetito burocrático o haciéndolo casi a manera de chantaje para aprobar o conseguir algo que le interesa al ordenador o para no dar a conocer posibles hechos de corrupción en el que pueda estar incurriendo este mismo funcionario.
Pero el asunto continúa contra del trabajador por OPS cuando realizado el pago por el servicio mensual prestado, el politiquero que lo recomendó le exige una buena porción sobre el total de la asignación salarial, a veces hasta el 50% o la mitad, y no lo hace sobre lo que queda después de los descuentos, no; lo hace sobre la suma total pagada llegando al extremo de exigirle al contratista de OPS que le entregue la tarjeta de débito con la que se retira a través de cajeros automáticos la suma pagada. para ser él, el politiquero, quien haga el retiro y no el contratista.
Finalmente, ¿tendrá o no tendrá razón el presidente Petro cuando dice, refiriéndose a las OPS, que se propone dignificar el trabajo a través de un proyecto de ley que presentará al Congreso en marzo de 2023 para que se acaben las OPS y nunca más en Colombia se vuelva a contratar por este inhumano y bellaco modelo?