Por 90 días no se permitirá el consumo de bebidas embriagantes en la Plaza de la Trinidad, vías y espacio público en Getsemaní. Así mismo está prohibido el consumo de sustancias estupefacientes y las ventas estacionarias funcionarán hasta las 12 de la noche.
El distrito, en cabeza del Alcalde William Dau Chamat, hizo efectiva esta prohibición mediante Decreto 0433 del 2 de marzo del año en curso.
El secretario del Interior y Convivencia Ciudadana, David Múnera Cavadía, señaló que este decreto es producto de una socialización con la comunidad de Getsemaní ante los hechos que se venían presentando en la Plaza de la Trinidad y en las calles de este barrio. Señaló que se estarán haciendo evaluaciones por parte del Alcalde, quien definirá que se hará al llegarse al vencimiento de este decreto.
La medida
El decreto prohíbe, por el espacio de 90 días, el consumo porte y consumo de bebidas embriagantes en la Plaza la Trinidad; a su vez, prohíbe el porte, distribución, ofrecer o comercializar estupefacientes, sustancias psicoactivas, incluso, la dosis personal en la plaza, vías y espacios públicos en conformidad con los parámetros de la Ley 2000 del 14 de noviembre de 2019.
También se restringe hasta las 12 am el funcionamiento de las ventas estacionarias que se ubican en la Plaza de la Trinidad, vías y espacios públicos de Getsemaní.
En el Decreto se dispone que la Alcaldía de la Localidad Histórica y del Caribe Norte se debe abstener de otorgar extensión de horarios a establecimientos, así como las demás dependencias del Distrito no pueden autorizar actividades que impliquen la ocupación y uso del espacio público en Getsemaní durante la vigencia de este decreto.
Se dispuso también que aquellos permisos que se otorgaron con anterioridad y estén dentro de esta vigencia quedarán suspendidos. De esta medida se exceptúan los eventos autorizados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, previo al cumplimiento de los requisitos exigidos.
El Decreto 0433 obliga a la Policía Nacional, Inspectores de Policía, Gerencia de Espacio Público y demás autoridades competentes a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las restricciones establecidas.











