Una decisión judicial desató una controversia en el Gobierno nacional. El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali sancionó a la ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, y al director del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), Fray Ricardo Torres Castro, con tres días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos mensuales para cada uno, por el presunto incumplimiento de órdenes de tutela.
La decisión está relacionada con la situación laboral de Gregorio Alfredo Dajome Granja, quien acudió a la justicia después de perder su cargo como consecuencia de un concurso de méritos y solicitó medidas para proteger sus derechos fundamentales.
La ministra rechazó la sanción y aseguró que el problema comenzó antes de su llegada al Gobierno, el pasado 7 de agosto. Además, responsabilizó a la administración del expresidente Gustavo Petro por las dificultades que, según ella, dieron origen al incumplimiento.
La orden de arresto todavía no puede ejecutarse automáticamente, pues deberá ser revisada por el Tribunal Superior de Cali, que tiene la facultad de confirmarla, modificarla o revocarla.
¿Por qué un juez ordenó arrestar a la ministra del Trabajo?
El caso comenzó con una acción de tutela presentada por Gregorio Alfredo Dajome Granja, quien solicitó protección judicial tras su salida de un empleo público en el contexto de un concurso de méritos.
El 22 de julio de 2026 se profirió una decisión que protegió sus derechos al trabajo, la estabilidad laboral reforzada y el mínimo vital. Posteriormente, el Tribunal Superior de Cali mantuvo la protección concedida.
Las órdenes judiciales exigían que las entidades involucradas estudiaran alternativas para garantizar los derechos del trabajador, entre ellas una posible reubicación laboral.
En particular, el Ministerio del Trabajo debía verificar si existían vacantes de carrera administrativa o empleos temporales para los cuales Dajome Granja cumpliera los requisitos establecidos.
De encontrarse una opción compatible, debía evaluarse su nombramiento provisional.
Sin embargo, el juzgado consideró que no se había demostrado el cumplimiento de las actuaciones ordenadas.
El juzgado cuestionó la falta de pruebas sobre la reubicación
Según la providencia reseñada por Infobae, el despacho judicial encontró que el Ministerio del Trabajo no aportó elementos suficientes para acreditar una revisión completa de las vacantes disponibles.
El juzgado también cuestionó que, pese a los requerimientos efectuados, no se hubiera demostrado una solución concreta frente a la situación del trabajador.
En cuanto al Sena, señaló que tampoco se acreditó una respuesta de fondo mediante un acto administrativo motivado que estableciera si procedía alguna medida de protección laboral.
Estas circunstancias llevaron al despacho a declarar el desacato e imponer las sanciones.
La decisión contempla tres días de arresto y una multa de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes para cada funcionario.
No obstante, la medida se encuentra sujeta a revisión judicial antes de que pueda hacerse efectiva.
Natalia López respondió y señaló al Gobierno de Gustavo Petro
La ministra del Trabajo reaccionó públicamente a través de su cuenta de X y cuestionó que se le impusiera una sanción por un asunto que, según su versión, se originó durante la administración anterior.
López sostuvo que asumió el cargo el 7 de agosto de 2026 y que, desde entonces, su despacho ha adelantado actuaciones para atender la orden judicial.
La funcionaria afirmó que su principal inconformidad no era la duración de la sanción, sino tener que responder por incumplimientos que atribuyó a funcionarios del gobierno del expresidente Gustavo Petro.
En su pronunciamiento también mencionó al exministro del Trabajo Antonio Sanguino, a quien dirigió cuestionamientos sobre la gestión anterior de la cartera.
Estas afirmaciones corresponden a la posición de la ministra y no constituyen, por sí solas, una determinación judicial de responsabilidad contra los exfuncionarios señalados.
“Seguiremos denunciando”: el mensaje de la ministra
La controversia aumentó por el tono de las declaraciones de Natalia López, quien anunció que continuará denunciando presuntas irregularidades encontradas en el Ministerio del Trabajo.
En una de sus publicaciones, la funcionaria aseguró que su administración actuaría denunciando lo que calificó como “vagabundería”.
También sostuvo que presentará pruebas ante las autoridades competentes sobre posibles irregularidades y advirtió que quienes lleguen a ser declarados responsables de corrupción deberán enfrentar las consecuencias legales correspondientes.
Las declaraciones generaron atención porque relacionaron una sanción judicial por desacato con señalamientos contra la administración anterior.
Sin embargo, no se ha establecido que las presuntas irregularidades denunciadas por la ministra expliquen jurídicamente el incumplimiento de la tutela.
Se trata de asuntos que deberán examinarse por separado, conforme a las competencias de las autoridades correspondientes.
¿La ministra del Trabajo tendrá que ir a prisión?
Por ahora, no existe una orden de arresto ejecutable de manera inmediata.
La sanción impuesta por el juzgado debe pasar por el grado jurisdiccional de consulta ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.
Durante ese trámite, el tribunal deberá revisar la decisión y determinar si corresponde mantenerla, modificarla o revocarla.
Por tanto, no es correcto afirmar que Natalia López y el director del Sena ya fueron privados de la libertad.
También es importante distinguir el arresto por desacato de una condena penal.
El incidente de desacato es un mecanismo judicial que busca asegurar el cumplimiento de las órdenes impartidas por los jueces de tutela.
Su finalidad principal es hacer efectiva la protección de los derechos fundamentales reconocidos en una decisión judicial.
En Colombia, el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 contempla sanciones de arresto y multa frente al incumplimiento de órdenes de tutela, bajo las condiciones previstas en la normativa y la jurisprudencia.
¿Qué pasará con el trabajador que presentó la tutela?
Más allá de la controversia política, el asunto central del proceso sigue siendo la protección de los derechos de Gregorio Alfredo Dajome Granja.
Las órdenes judiciales buscaban que las entidades examinaran su situación laboral y determinaran si existía una alternativa de reubicación compatible con sus condiciones y los requisitos legales.
El juzgado consideró que no se acreditó suficientemente el cumplimiento de esas obligaciones.
Por ello, la discusión no se limita a la eventual ejecución de las sanciones contra los funcionarios, sino también a las actuaciones necesarias para dar cumplimiento efectivo a la tutela.
La ministra asegura que su despacho ha adelantado gestiones, mientras que la decisión judicial reseñada sostiene que las pruebas aportadas no demostraron el cumplimiento requerido.
Será necesario conocer el resultado de la consulta y las actuaciones posteriores para establecer cómo se resolverá la controversia.
Tribunal Superior de Cali tendrá la última palabra sobre la sanción
La decisión contra Natalia López y Fray Ricardo Torres Castro abre un nuevo capítulo en un proceso que involucra derechos laborales, cumplimiento de decisiones judiciales y responsabilidades institucionales.
Mientras la ministra responsabiliza a la administración anterior y anuncia denuncias por presuntas irregularidades, el juzgado ha centrado sus observaciones en la falta de acreditación del cumplimiento de las órdenes de tutela.
El siguiente paso será la revisión del Tribunal Superior de Cali, cuya decisión determinará si las sanciones de arresto y multa se mantienen.
Por ahora, la ministra y el director del Sena enfrentan una sanción judicial pendiente de revisión, mientras continúa la obligación institucional de atender los derechos laborales protegidos mediante la tutela.







