Siete soldados del Batallón de Artillería 8 de la Octava Brigada del Ejército fueron citados a audiencia de juzgamiento disciplinario por la Procuraduría General de la Nación «para que respondan por el presunto acceso carnal violento y secuestro» contra una niña de 12 años de la comunidad embera chamí en Pueblo Rico, Risaralda.

La Procuraduría informó que el cargo de supuesto acceso carnal violento en persona
protegida fue impuesto a los soldados regulares Juan Camilo Morales Poveda, Yair Stiven González, José Luis Holguín Pérez, Juan David Guaidía Ruiz, Oscar Eduardo Gil Alzate, Deyson Andrés Isaza Zapata y Luis Fernando Mangaret Hernández.

Al soldado Fernando Mangaret Hernández no se le acusa de este cargo, pues no habría participado de la violación, pero según el Ministerio Público al parecer contribuyó a la realización de estas conductas, en vez de defenderla.

Al no ser participe del conflicto armado, la fiscalía considera a la niña embera persona protegida por a la luz del Derecho Internecional Humanitario. Por lo tanto, dice la institución que al haber sido vulnerada «se configuró una grave violación al DIH».

“Ni los ciudadanos, la sociedad, y el Ejército Nacional en su conjunto, esperan que algún miembro de la institución vulnere la dignidad de las personas, más aún de las menores de edad, dada la investidura y la función constitucional que tienen, más en una zona de conflicto armado como se trata del corregimiento Santa Cecilia, municipio de Pueblo Rico, Risaralda”, argumentó el órgano de control disciplinario.

Las conductas de los soldados, por las que también cursa una investigación penal en la Fiscalía, habrían vulnerado principios de buena fe, moralidad, responsabilidad y transparencia y afectado el deber funcional de la Fuerza Pública.

Además de la violación, la Procuraduría aduce que, al mantener a la menor de edad contra su voluntad durante dos días, entre el 21 y 22 de junio, se podría haber configurado un secuestro simple agravado.

«Para la Procuraduría los investigados habrían abusado de su cargo y de la función derivada del mismo para retener a la menor de edad cerca de las instalaciones de la BPM Pelotón Buitre 2, en inmediaciones del Colegio PIO XII, al parecer impidiéndole salir hasta el día siguiente, sin informar lo sucedido a superiores ni a los familiares de la niña, con lo cual habrían defraudado la confianza que la sociedad tiene en relación con el quehacer funcional de los miembros del Ejército Nacional», informó la entidad.

Las faltas de los soldados fueron calificadas por la Procuraduría, de manera provisional, como gravísimas a título de dolo.

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