Justicia española admite denuncia contra Petro por secuestro de Pacheco

El juez Joaquín Gadea de la Audiencia Nacional española admitió a trámite una denuncia contra Gustavo Petro por haber integrado el grupo armado «narcoparamilitar M-19», al que se le atribuye el secuestro de Fernando González Pacheco, periodista que tendría nacionalidad española.

El juez expuso que, dado que la Fiscalía se ha opuesto a la admisión de la denuncia, «debe acordarse una inicial diligencia de investigación, en orden a ofrecer a los herederos de la víctima del secuestro, Fernando González Pacheco, la posibilidad de ejercer acciones penales» como querellantes.

También mencionó la importancia de «corroborar la nacionalidad española de Fernando González Pacheco».

Y ve también «esencial confirmar, con las autoridades competentes de la República de Colombia, que el denunciado, Gustavo Francisco Petro Urrego, no goce de estatuto de amnistiado ni indultado, y especialmente, que no haya sido investigado, absuelto o condenado por los hechos objeto de este procedimiento».

Según la denuncia interpuesta en la Audiencia Nacional el 18 de marzo y que recoge el auto conocido este lunes, Petro habría incurrido en delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio como integrante del grupo armado «narcoparamilitar M-19».

El denunciante señala que al candidato presidencial «jamás se le ha llamado a rendir cuentas ante la justicia» y en la actualidad «tendría la consideración de ‘desmovilizado’ del grupo que integraba».

Con todos estos argumentos,  «el denunciante trata de exponer que los hechos denunciados estarían en condiciones de enjuiciarse fuera de Colombia, al no haber sido investigados allí, pudiendo hacerlo al no ostentar el denunciado la condición de amnistiado o indultado».

Esto, unido a la presunta nacionalidad española de una de las víctimas, le haría competente a la Audiencia Nacional para investigar ese secuestro.

No obstante, el juez advierte de que los delitos que serían «objeto de esta investigación solamente serían perseguibles en España previa interposición de querella por el agraviado o por el Ministerio Fiscal».

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