El Juzgado Octavo Administrativo de Cartagena profirió una sentencia dentro de una acción de grupo presentada en 2024 por habitantes de Membrillal, en la que declaró responsabilidades por daños ambientales, morales, a la salud y materiales derivados de la compleja problemática socioambiental de la zona. El fallo cobija a más de 6.000 habitantes, incluidos integrantes del Cabildo Indígena Zenú de Membrillal, y señala como responsables a varias entidades públicas y empresas vinculadas al entorno industrial de Mamonal. La existencia de la acción de grupo y sus señalamientos contra entidades y compañías de la zona ya había sido documentada durante el trámite judicial.
De acuerdo con la información suministrada por la firma Correa Abogados, que representa a parte de la comunidad, la sentencia condena a entidades y empresas como Reficar, la ANLA, varios ministerios, entre otras. El fallo habría reconocido 80 salarios mínimos por daño moral y otros 60 salarios mínimos por afectaciones a la salud para cada beneficiario, además de perjuicios materiales para cerca de 950 propietarios o poseedores, según las características de sus inmuebles.
La decisión judicial estaría sustentada en factores como la contaminación asociada a actividades industriales, el fenómeno de diapirismo o volcanismo de lodo, las deficiencias en saneamiento básico, el suministro de agua señalado como no apto para consumo humano y fallas institucionales en el ordenamiento y prevención del riesgo. Desde antes del fallo, la comunidad había denunciado problemas respiratorios, gastrointestinales, daños en viviendas y riesgos geológicos, mientras el Juzgado había adoptado medidas cautelares para exigir actuaciones preventivas al Distrito.
El abogado Luis Alfonso Correa Martínez anunció que apelará parcialmente la sentencia porque considera que otras empresas también debieron ser declaradas responsables y cuestiona la tasación de algunos perjuicios materiales. El fallo, además, permitiría que otros afectados por los mismos hechos soliciten vincularse al proceso dentro del término establecido una vez la decisión quede ejecutoriada. Al tratarse de una sentencia susceptible de recursos, las condenas y órdenes aún pueden ser revisadas por una instancia superior.











