El trabajo remoto es una modalidad de empleo planificada que permite trabajar desde el hogar, oficinas compartidas o cualquier lugar diferente a la empresa, no obedece a horarios definidos sino a metas por cumplir y requiere de contrato suscrito a través de firma electrónica.
Mediante el decreto 555 del 9 de abril de 2022, en Colombia se establecieron parámetros para esta modalidad de empleo.
• El contrato debe tener:
Obligaciones del trabajador remoto
1. Las funciones que debe desarrollar el trabajador.
2. Las condiciones de trabajo: condiciones físicas del puesto de trabajo en el que se prestará el servicio.
3. Relación de los elementos de trabajo que deben ser entregados al trabajador.
4. Responsabilidades de los elementos entregados, procedimiento de entrega y devolución por parte del trabajador.
Obligaciones del empleador
1. Medidas de seguridad informática que debe conocer y cumplir el trabajador.
2. Circunstancias excepcionales por las que el trabajador deba dirigirse al centro de trabajo: actividades recreativas, bienestar etc.
3. El empleador debe cumplir con el papeleo requerido en la Administradora de Riesgos Laborales.
4. Informar a la Administradora de Riesgos cual es la prestación del servicio, entre otras.
Además se debe acordar:
1. Fijar de mutuo acuerdo, el costo del auxilio mensual que compensará los costos de internet, telefonía y energía. Este no podrá ser inferior al valor del auxilio de transporte definido por el Gobierno nacional.
2. Fijar de mutuo acuerdo, el valor mensual de compensación por el uso de las herramientas de trabajo del trabajador.
3. Acordar la posibilidad de desarrollar la labor contratada a través de horarios flexibles, siempre y cuando se dé cumplimiento a la jornada laboral semanal. El empleador podrá implementar mecanismos propios para determinar el cumplimiento de la jornada y proteger el derecho a la desconexión laboral durante los días laborales.
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