El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, Sala Penal, declaró la carencia actual de objeto por hecho superado (el motivo que inició la acción de tutela ya se ha resuelto o deja de existir) en la acción de tutela presentada por el exalcalde William Dau Chamat.
La decisión, firmada el 30 de abril de 2025, responde a la solicitud del accionante por presuntas vulneraciones al debido proceso por parte de fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia.
El fallo también determinó que no se configuró una afectación al derecho fundamental alegado, al constatar la inexistencia de una conducta que lo vulnerara.
En consecuencia, la acción fue declarada improcedente, dado que los hechos que originaron la tutela fueron superados por el accionar institucional.
Finalmente, el Tribunal ordenó que, en caso de no ser impugnada la decisión, las diligencias sean remitidas a la Corte Constitucional para su eventual revisión.











