Somos Afines, la nueva estrategia de Unicartagena y Afinia

Con el fin de generar conciencia energética en comunidades a través de estudiantes, la Universidad de Cartagena y Afinia unieron fuerzas y lanzaron el proyecto educativo “Somos Afines”.

Esta es una estrategia de inmersión comunitaria, en donde estudiantes que se encuentren entre cuarto y octavo semestre académico tocarán las puertas de muchas familias de la región.

Los estudiantes que hagan parte del proyecto podrán formarse en talleres de competencias ciudadanas, habilidades blandas, caracterización social y uso responsable de la energía para, así, aplicar lo aprendido en las comunidades. En este sentido, las intervenciones comunitarias contarán con componentes de investigación social y será coordinado por el Laboratorio de Cultura Ciudadana Cartagena (LAB3C).

Javier Lastra, gerente general de Afinia, aseguró que los estudiantes recibirán una remuneración por participar activamente del proyecto.

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Llegan los mejores eventos políticos más destacados del país ya en estos últimos tiempos. Será Circolombia el encargado de presentar estos eventos, de la mano de Daniel Samper. Cabe recalcar que las ciudades donde se hará esta gira nacional serán en Villavicencio, Neiva, Ibagué, Santa Marta, Barranquilla, Medellín, y Bucaramanga. Las entradas están disponibles en mitaquilla.com.co Para Cartagena y Montería podrán encontrar los tickets en latiquetera.com Samper repasará los gobiernos de Álvaro Uribe, Juan Manuel Santos, Iván Duque y lo que llevamos de Gustavo Petro, haciéndole una mirada importante como papel de periodista y Youtuber, rompiendo récords en taquilla y no dejando que ningún político se salve. El evento en Cartagena será el 24 de octubre en el Centro de Convenciones Auditorio Getsemaní. Las entradas están disponibles en latiquetera.com, las puedes adquirir y disfrutar de este espectáculo único.

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Dadis clausura dos droguerías en Cartagena tras hallazgo de medicamentos fraudulentos y falta de control 

El Departamento Administrativo Distrital de Salud (DADIS) ha cerrado dos droguerías en Cartagena, luego de detectar graves irregularidades que ponían en riesgo la salud de los ciudadanos. Estos cierres se produjeron en los barrios Alcibia y El Carmelo tras recibir múltiples denuncias por parte de la comunidad. En Alcibia, la droguería operaba en un espacio insuficiente para este tipo de establecimientos y sin un sistema de climatización adecuado, lo que afectaba la conservación de los medicamentos. Además, el personal no estaba capacitado para la dispensación de productos farmacéuticos, lo que podría haber generado riesgos para los usuarios. La situación en El Carmelo fue aún más preocupante, ya que se hallaron medicamentos fraudulentos en su inventario. Estos productos ilegales fueron decomisados por el DADIS, sumando un total de 480 unidades que no cumplían con las normativas vigentes. Con estas acciones, el DADIS reafirmó su compromiso de proteger a la comunidad, garantizando que las droguerías cumplan con las condiciones de seguridad exigidas. Las autoridades también hicieron un llamado a seguir reportando cualquier irregularidad en el suministro de medicamentos.

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María Corina Machado critica a presidente colombiano

La líder opositora venezolana, María Corina Machado, ha respondido al presidente colombiano Gustavo Petro, quien había afirmado que el gobierno extranjero no debe decidir quién es el presidente de Venezuela, sino que eso corresponde a los venezolanos. Esta disputa surgió tras la intervención de Luis Ernesto Vargas, embajador de Colombia ante la OEA, que exigió la transparencia en las elecciones venezolanas. Machado criticó la postura de Petro y aseguró que el pueblo venezolano ya tomó una decisión el 28 de julio, reafirmando que los resultados pueden ser verificados mediante las actas de votación. Además, compartió un enlace de un sitio web creado específicamente para mostrar los resultados de los comicios, que no pertenece ni está vinculado al Centro Nacional Electoral (CNE).

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Comedor comunitario dará almuerzos a 450 niños y abuelitos en Cartagena

Este lunes 7 de octubre, con apoyo del Distrito de Cartagena a través del Plan de Emergencia Social (PES), inició la implementación de un programa de comedores comunitarios que ofrecerá almuerzos a 450 niños y adultos mayores en la localidad de San José de los Campanos. Los comedores comunitarios brindarán alimentos balanceados y nutritivos a los beneficiarios, quienes recibirán atención de lunes a viernes y se llevará a cabo en colaboración con organizaciones comunitarias que se encargarán de la preparación y distribución de los almuerzos. “La comunidad es la que conoce sus necesidades, esto es una alianza entre la comunidad y el Distrito liderado por el alcalde Dumek Turbay, esto es una lucha frontal de verdad, esto no es improvisado» afirmó Jorge Redondo Suárez, director del PES. Además de San José de los Campanos, el programa se implementará en otras localidades como El Pozón y Nelson Mandela, atendiendo a los más necesitados realizando seguimientos nutricionales para evaluar el impacto del programa en la salud de los beneficiarios. En ese sentido Agripina Perea Valencia, líder de uno de los comedores, expresó su gratitud por la iniciativa: “Vengo haciendo esto hace 5 años y es la primera vez que siento apoyo de la alcaldía, sabemos que esto no lo va a sacar de la pobreza, pero si tendrá un impacto nutricional. Este esfuerzo conjunto del Distrito y la comunidad busca erradicar el hambre y promover el bienestar de los cartageneros, asegurando que cada niño y abuelito reciba un almuerzo diario y nutritivo.

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Aspectos jurídicos relevantes de la ley 2388 de 2024 y su importancia como factor de cambio social en Colombia

Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, en Colombia nos rige un Estado Social y Democrático de Derechos teniendo como carta de navegación la protección a los derechos humanos y fundamentales, al igual que el respeto por la dignidad humana de sus miembros. Entre dichos derechos se encuentra el de conformar una familia, derecho que goza de especial protección por parte del Estado.  Ahora bien, al analizar la carta magna nos el constituyente dejó en claro la postura de como se establece un vínculo de la familia, esto es, el reconocimiento solo del hombre y la mujer, unidos por el matrimonio, tal como lo reza el artículo 42 de la referida carta: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.  En dicho artículo, claramente se puede observar la línea tradicional, desconociendo el grado de avance y evolución del contexto de la familia en Colombia, tema discutido por la Corte Constitucional mediante las sentencias C-577 de 2011, T-316, 2017, C-258, 2015, C-085, 2019 entre otras.  El Estado Colombiano, en aras de fortalecer las garantías legales y constitucionales de sus individuos y procurar brindar seguridad en cuanto al alcance bajo el concepto de familia e hijos cobijados bajo los parámetros del término “crianza”, el pasado 26 de julio de 2024, a través del Congreso de la República, seexpidió la ley 2388 de 2024, norma que tiene por objeto “definir la familia de crianza, establecer su naturaleza, determinar sus medios probatorios y reconocer derechos y obligaciones entre sus miembros”.  Esta nueva Ley redefine el concepto de familia al incluir aquellas relaciones de afecto y cuidado que se forman fuera del vínculo biológico, otorgando a los hijos de crianza los mismos derechos que a los hijos biológicos.  Entre los derechos reconocidos, se incluyen aspectos fundamentales como herencias, beneficios laborales, en materia de seguridad social en salud, pensión y subsidio familiar, y derechos relacionados con el régimen de visitas.  Se establecieron mecanismos para que dichos derechos puedan ser legalmente reconocidos a travésde procesos notariales o judiciales, donde teniendo en cuenta los presupuestos facticos y probatorios se logre demostrar la existencia de una convivencia estable y prolongada.  Es importante establecer, que la referida ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la Seguridad Social en Colombia, en la cual el empleador deberá reconocer la licencia de luto por cinco (5) días hábiles para la familia de crianza, particularmente para el hijo, padre y madre de crianza. Por lo anterior, el empleador deberá exigir la presentación de la sentencia o Escritura Pública de reconocimiento de hijo, padre o madre de crianza.  Por otra parte, modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estableció que los siguientesmiembros de la familia de crianza serán beneficiaros de la pensión de sobrevivientes: • Hijos de crianza menores de 18 años. • Hijos de crianza mayores de 18 en situación de discapacidad. • Hijos de crianza, mayores de 18 años y hasta los 25 años que por razón de sus estudios dependían económicamente del causante al momento de su muerte. • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres de crianza del causante si dependían económicamente de éste al momento de su muerte, siempre y cuando se haya reconocido al padre de crianza dentro del núcleo familiar y a través del proceso de jurisdicción voluntaria. Los anteriores literales deberán acreditar que: i) la persona fallecida reemplazó en términos afectivos y económicos a la familia de origen, ii) que el hijo de crianza se reconoció como tal dentro de su núcleo familiar y iii) que los lazos de crianza son permanentes. Es importante dejar en claro que la presente leytambién contribuye a la normalización de la adopción y el acogimiento familiar, proporcionando una alternativa legalmente reconocida y respetuosa de los derechos del menor. Esto no solo beneficia a los menores, sino que también fomenta un cambio cultural en la percepción sobre las familias no tradicionales, representando un avance significativo en las dinámicas familiares en Colombia. La expedición e implementación de la Ley 2388 de 2024 no solo tiene una repercusión jurídica, sino que promueve un cambio social profundo que favorece la inclusión y el bienestar de los menores en el país. Autores: Andrés David Marín Pacheco y Víctor Elías Guevara Flórez. Texto suministrado por los autores. El medio no se hace responsable de conceptos, posturas ni opiniones.

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EE. UU. impone aranceles del 104% a China en medio de la guerra comercial: el mayor cambio en los últimos 100 años

La Casa Blanca ha confirmado que aplicará aranceles del 104% a las importaciones chinas a partir del 9 de abril, como respuesta a las represalias comerciales impuestas por China. Esta medida coloca a China en la posición de país con los gravámenes más altos de todos los afectados por la guerra comercial iniciada por el presidente Donald Trump. El presidente Trump había anunciado previamente que “China está desesperada por llegar a un acuerdo” y que está “esperando su llamada”. La medida se produce después de que China impusiera gravámenes del 34% a las importaciones estadounidenses, lo que llevó a Trump a amenazar con tasas adicionales del 50%. Los aranceles “recíprocos” entrarán en vigor a partir de la medianoche en Washington y afectarán no solo a China, sino también a otros países del mundo. Entre los sectores que podrían verse afectados se encuentran: Faisal Islam, editor económico de BBC News, afirma que estos aranceles “son el mayor cambio en el comercio global en 100 años”. Explica que el efecto de estas medidas puede apreciarse en las líneas del gráfico de los ingresos arancelarios de Estados Unidos, que han saltado a niveles que no se habían visto en un siglo, más allá de los que se registraron durante el alto proteccionismo de la década de 1930. La medida ha generado preocupación entre los exportadores y ha llevado a algunos países a buscar negociaciones con EE. UU. para eliminar o reducir los aranceles.

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