Santa Lucía se prepara para la Cumbre Biodiversa del Canal del Dique

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El municipio de Santa Lucía, Atlántico, será el escenario de la esperada Cumbre Biodiversa del Canal del Dique. Este evento reunirá a delegaciones de diversos municipios costeros, con el objetivo de promover políticas públicas enfocadas en la biodiversidad y el desarrollo sostenible. La cumbre contará con la participación de importantes instituciones como el DNP, las universidades de Cartagena y del Atlántico, y el Ministerio de Ambiente.

El alcalde Edward Ecker Martínez expresó que este tipo de eventos son clave para la reactivación económica de la región, destacando el valor turístico y comercial que Santa Lucía puede aportar gracias a su posición geográfica y riqueza cultural. Las autoridades locales esperan que la cumbre impulse el desarrollo económico y social del municipio, además de crear conciencia sobre la importancia de preservar el medio ambiente.

Este encuentro no solo beneficiará a Santa Lucía, sino también a los municipios aledaños, proyectando un impacto positivo en la economía regional. La agenda incluirá paneles y foros sobre biodiversidad, con la presencia de expertos en sostenibilidad.

Foto: a quien le corresponda.

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Aspectos jurídicos relevantes de la ley 2388 de 2024 y su importancia como factor de cambio social en Colombia

Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, en Colombia nos rige un Estado Social y Democrático de Derechos teniendo como carta de navegación la protección a los derechos humanos y fundamentales, al igual que el respeto por la dignidad humana de sus miembros. Entre dichos derechos se encuentra el de conformar una familia, derecho que goza de especial protección por parte del Estado.  Ahora bien, al analizar la carta magna nos el constituyente dejó en claro la postura de como se establece un vínculo de la familia, esto es, el reconocimiento solo del hombre y la mujer, unidos por el matrimonio, tal como lo reza el artículo 42 de la referida carta: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.  En dicho artículo, claramente se puede observar la línea tradicional, desconociendo el grado de avance y evolución del contexto de la familia en Colombia, tema discutido por la Corte Constitucional mediante las sentencias C-577 de 2011, T-316, 2017, C-258, 2015, C-085, 2019 entre otras.  El Estado Colombiano, en aras de fortalecer las garantías legales y constitucionales de sus individuos y procurar brindar seguridad en cuanto al alcance bajo el concepto de familia e hijos cobijados bajo los parámetros del término “crianza”, el pasado 26 de julio de 2024, a través del Congreso de la República, seexpidió la ley 2388 de 2024, norma que tiene por objeto “definir la familia de crianza, establecer su naturaleza, determinar sus medios probatorios y reconocer derechos y obligaciones entre sus miembros”.  Esta nueva Ley redefine el concepto de familia al incluir aquellas relaciones de afecto y cuidado que se forman fuera del vínculo biológico, otorgando a los hijos de crianza los mismos derechos que a los hijos biológicos.  Entre los derechos reconocidos, se incluyen aspectos fundamentales como herencias, beneficios laborales, en materia de seguridad social en salud, pensión y subsidio familiar, y derechos relacionados con el régimen de visitas.  Se establecieron mecanismos para que dichos derechos puedan ser legalmente reconocidos a travésde procesos notariales o judiciales, donde teniendo en cuenta los presupuestos facticos y probatorios se logre demostrar la existencia de una convivencia estable y prolongada.  Es importante establecer, que la referida ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la Seguridad Social en Colombia, en la cual el empleador deberá reconocer la licencia de luto por cinco (5) días hábiles para la familia de crianza, particularmente para el hijo, padre y madre de crianza. Por lo anterior, el empleador deberá exigir la presentación de la sentencia o Escritura Pública de reconocimiento de hijo, padre o madre de crianza.  Por otra parte, modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estableció que los siguientesmiembros de la familia de crianza serán beneficiaros de la pensión de sobrevivientes: • Hijos de crianza menores de 18 años. • Hijos de crianza mayores de 18 en situación de discapacidad. • Hijos de crianza, mayores de 18 años y hasta los 25 años que por razón de sus estudios dependían económicamente del causante al momento de su muerte. • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres de crianza del causante si dependían económicamente de éste al momento de su muerte, siempre y cuando se haya reconocido al padre de crianza dentro del núcleo familiar y a través del proceso de jurisdicción voluntaria. Los anteriores literales deberán acreditar que: i) la persona fallecida reemplazó en términos afectivos y económicos a la familia de origen, ii) que el hijo de crianza se reconoció como tal dentro de su núcleo familiar y iii) que los lazos de crianza son permanentes. Es importante dejar en claro que la presente leytambién contribuye a la normalización de la adopción y el acogimiento familiar, proporcionando una alternativa legalmente reconocida y respetuosa de los derechos del menor. Esto no solo beneficia a los menores, sino que también fomenta un cambio cultural en la percepción sobre las familias no tradicionales, representando un avance significativo en las dinámicas familiares en Colombia. La expedición e implementación de la Ley 2388 de 2024 no solo tiene una repercusión jurídica, sino que promueve un cambio social profundo que favorece la inclusión y el bienestar de los menores en el país. Autores: Andrés David Marín Pacheco y Víctor Elías Guevara Flórez. Texto suministrado por los autores. El medio no se hace responsable de conceptos, posturas ni opiniones.

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Se retoma proyecto de Protección Costera con una inversión de $21 mil millones

En una significativa reunión celebrada hoy, el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, y el director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Carlos Carrillo, anunciaron el inicio oficial de la Fase 1 del Proyecto de Protección Costera. Este avance marca la incorporación de $59,5 mil millones en recursos, confirmando el respaldo financiero necesario para continuar con las obras. Durante el evento, llevado a cabo en el Comité de Gerencia del Proyecto de Protección Costera de Cartagena, se presentó un panorama alentador para la continuación del proyecto. La inversión para esta fase específica asciende a $21 mil millones, desglosada en $12 mil millones provenientes de la UNGRD y $9 mil millones aportados por la Alcaldía de Cartagena. La reunión contó con la participación de diversos actores clave, incluyendo la interventoría de Aicom, el contratista ProPlaya, y representantes del Distrito, entre ellos la Secretaría de Turismo y el Departamento Administrativo de Valorización. También asistieron miembros de la Armada y la Dimar, así como actores de playa y otros interesados. El foco inmediato estará en el sector Playa 3, cerca del Hotel Capilla del Mar, donde se iniciarán los trabajos de protección costera. Esta intervención busca no solo fortalecer las defensas naturales de la ciudad contra el cambio climático, sino también mejorar la resiliencia y el desarrollo económico de las comunidades costeras. Carlos Carrillo, director de la UNGRD, subrayó la importancia de cumplir con las compensaciones y el compromiso con los actores de playa. Aseguró que los cronogramas están claros y que el último pago está previsto para dentro de un mes. «Los actores de playa son nuestra prioridad. A pesar de las demoras, somos responsables y estamos comprometidos con el éxito del proyecto», enfatizó Carrillo. Por su parte, el alcalde Dumek Turbay Paz expresó su satisfacción por la renovación del compromiso con el proyecto y agradeció el respaldo financiero que asegura su culminación. «Este proyecto tiene la tranquilidad de estar respaldado por los recursos necesarios, lo que es una excelente noticia para todos los cartageneros», comentó Turbay Paz. Con esta reactivación, Cartagena no solo avanza en la protección de su costa, sino que también impulsa el desarrollo económico y social, promoviendo un entorno más seguro y resiliente frente a los desafíos ambientales.

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Presidente de Argentina Milei recibió a Edmundo de Venezuela

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Trump suspende recursos para Colombia: más de 380 millones de dólares no entrarían al país

Una de las medidas que ha sorprendido al mundo por parte del nuevo presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, es la firma de la orden ejecutiva que suspende temporalmente el programa de ayudas económicas al exterior. La decisión, que va por 90 días, colocará en estudio a los países a ver si se alinean a con intereses estratégicos en torno al narcotráfico, migración y crisis política.  Hablando de Colombia, estarían en vilo acerca de 380 millones de dólares que entran de la nación americana como un impulso para la lucha antidrogas y proyectos que giran a favor de la inversión social. Durante este periodo, la administración de Trump evaluará, si Colombia presenta condiciones para visibilizar la gestión de este importante recurso.  Sin duda, la puesta en pausa de la ejecución de estos recursos no solo repercute en el ámbito político de Colombia, sino en las comunidades colombianas que dependen de estos recursos. Dicha suspensión  resalta la presión que desde dicho gobierno se hace para garantizar que los países receptores estén alineados a los intereses y prioridades del mundo global.

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Nutrimos & Servimos: 18 años de experiencia en nutrición para el sector corporativo y hospitalario en Cartagena

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