La Procuraduría General de la Nación se pronunció frente al abrupto giro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que ha requerido a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) el trámite de una licencia ambiental para el proyecto “Restauración de ecosistemas degradados del Canal del Dique”.
Frente a esto, el ente de control expresó que el proyecto ya cuenta con un instrumento de manejo y control ambiental, conocido como Plan Hidrosedimentológico, impuesto y aprobado por la ANLA, decisión con base en la cual se estructuró un proyecto de Asociación Publico Privada – APP
por parte de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).
Así mismo, agregó el órgano de control, que la cartera ministerial no está habilitada para establecer discrecionalmente los proyectos, obras o actividades que requieran de la obtención de licencia ambiental, bajo la invocación de la aplicación del principio de prevención y menos aún, requerirla con posterioridad al inicio de las actividades, ya amparadas con el mencionado instrumento de evaluación.
La Procuraduría también confirmó que, los proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento ambiental son definidos por la ley y el decreto 1076 de 2015, lo que significa que no está sujeto al arbitrio del Ministerio de Ambiente establecer los casos en los que resulta exigible este instrumento ambiental.