Feria Internacional de Bogotá, escenario de Innovación

Desde el 24 al 28 de septiembre se llevará a cabo la XXXII edición de la Feria Internacional Industrial de Bogotá, (FIB), que por más de seis décadas se ha consolidado como el termómetro de la economía de Colombia.

El Laboratorio de Innovación de la Feria Internacional del Bogotá será el escenario en Corferias, para visibilizar los avances en tecnologías y procesos que agregan valor al sector industrial.

A través de ello se dará visibilidad a los avances en tecnologías y/o procesos desarrollados por las diferentes empresas expositoras que contribuyen con el sector industrial al estar comprometidas con el mejoramiento continuo y la innovación en el país.

De acuerdo con el Índice Global de Innovación, GII, Colombia se ubica en el puesto 63 de las economías más innovadoras entre 126 países, los cuales representan el 90.8% de la población mundial y el 96.3% del PIB mundial. El resultado de este estudio se basó en indicadores políticos, de educación, infraestructura y sofisticación empresarial.

Un poco más

Lilian Conde, jefe de proyectos Corferias-FIB, señaló que en el Laboratorio de Innovación se destacarán productos de los expositores presentes en la feria, quienes tienen la oportunidad de sobresalir ante agentes clave de la industria con sus últimos avances y desarrollos, lo que los posicionará como empresas líderes y referentes en innovación en su especialidad.

Adicionalmente, los visitantes podrán aprovechar los espacios para generación de conocimiento como lo son los Innova Talks, escenario donde cada expositor podrá ampliar la información sobre la innovación de su empresa.

Jorge Alberto Hernández, director del centro de innovación, indicó que “este Laboratorio de Innovación dentro de la Feria Internacional Industrial de Bogotá es un espacio que demuestra que en Corferias, en Colombia, sí se pueden hacer proyectos innovadores. Es tener un espacio más evidente, decir soy una empresa que quiere cambiar el mercado, que tiene cosas interesantes. En Colombia se puede mostrar y comercializar innovación”.

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¿Qué pasó el 7 de agosto de 1819? Conoce el día que cambió el destino de Colombia

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El ángel que acompaña a Viera para dirigir el Real Cartagena: ¿Quién es el padre de Viera?

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Cayó presunto jefe de sicarios, alias ‘Caleb’, quien se escondía en templo de santería.

las unidades de Investigación Criminal  (SIJIN), en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, realizaron la captura de este hombre presunto responsable de varios homicidios en diferentes barrios de la ciudad de Cartagena. La Investigación e Inteligencia Policial lograron la captura de Caleb Pérez Hurtado, de 29 años, en el barrio San José de los Campanos por los delitos de tráfico, fabricación o tenencia de armas de fuego. Durante el allanamiento a la vivienda, los investigadores descubrieron que alias ‘Caleb’, tenía un lugar especial utilizado como lugar de santería relacionado con el oscuro mundo del crimen. acondicionado con escaleras colocadas meticulosamente para escabullirse de las autoridades. Se le adjudica la coordinación de varios homicidios, por sicariatos y distribución a gran escala de estupefacientes en diferentes barrios de la ciudad, cuatro anotaciones judiciales

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Municipio de Clemencia hizo el lanzamiento oficial de sus fiestas novembrinas que buscan conectar a toda la comunidad

El municipio de Clemencia realizó de forma oficial el lanzamiento de sus fiestas novembrinas 2024, las cuales se realizan bajo el lema «las fiestas que conectan», con el fin de unir a la comunidad a través de sus raíces culturales. El evento central de las fiestas es el esperado Reinado Popular, donde 12 candidatas, entre ellas representantes del corregimiento de Las Caras y una vereda, competirán por la corona. La lectura del Bando, programada para el 9 de noviembre, marcará el inicio oficial de los días festivos, mientras que la noche de Coronación, el 10 de noviembre, congregará a la comunidad en la plaza pública, en lo que promete ser una velada inolvidable llena de música, color y tradición. Además, este año a la par de las fiestas habituales se llevará a cabo el Reinado de los Adultos Mayores en homenaje a quienes han sido custodios de la cultura y tradiciones del municipio. En su intervención, el alcalde Miguel Samir Barrios hizo un llamado a la comunidad para vivir las fiestas en un ambiente de paz, respeto y fraternidad, resaltando la importancia de disfrutar de manera sana y responsable. «Estas son las fiestas de todos, y queremos que la alegría y la cultura sean los protagonistas, pero siempre en un marco de respeto y convivencia”, expresó.

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Aspectos jurídicos relevantes de la ley 2388 de 2024 y su importancia como factor de cambio social en Colombia

Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, en Colombia nos rige un Estado Social y Democrático de Derechos teniendo como carta de navegación la protección a los derechos humanos y fundamentales, al igual que el respeto por la dignidad humana de sus miembros. Entre dichos derechos se encuentra el de conformar una familia, derecho que goza de especial protección por parte del Estado.  Ahora bien, al analizar la carta magna nos el constituyente dejó en claro la postura de como se establece un vínculo de la familia, esto es, el reconocimiento solo del hombre y la mujer, unidos por el matrimonio, tal como lo reza el artículo 42 de la referida carta: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.  En dicho artículo, claramente se puede observar la línea tradicional, desconociendo el grado de avance y evolución del contexto de la familia en Colombia, tema discutido por la Corte Constitucional mediante las sentencias C-577 de 2011, T-316, 2017, C-258, 2015, C-085, 2019 entre otras.  El Estado Colombiano, en aras de fortalecer las garantías legales y constitucionales de sus individuos y procurar brindar seguridad en cuanto al alcance bajo el concepto de familia e hijos cobijados bajo los parámetros del término “crianza”, el pasado 26 de julio de 2024, a través del Congreso de la República, seexpidió la ley 2388 de 2024, norma que tiene por objeto “definir la familia de crianza, establecer su naturaleza, determinar sus medios probatorios y reconocer derechos y obligaciones entre sus miembros”.  Esta nueva Ley redefine el concepto de familia al incluir aquellas relaciones de afecto y cuidado que se forman fuera del vínculo biológico, otorgando a los hijos de crianza los mismos derechos que a los hijos biológicos.  Entre los derechos reconocidos, se incluyen aspectos fundamentales como herencias, beneficios laborales, en materia de seguridad social en salud, pensión y subsidio familiar, y derechos relacionados con el régimen de visitas.  Se establecieron mecanismos para que dichos derechos puedan ser legalmente reconocidos a travésde procesos notariales o judiciales, donde teniendo en cuenta los presupuestos facticos y probatorios se logre demostrar la existencia de una convivencia estable y prolongada.  Es importante establecer, que la referida ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la Seguridad Social en Colombia, en la cual el empleador deberá reconocer la licencia de luto por cinco (5) días hábiles para la familia de crianza, particularmente para el hijo, padre y madre de crianza. Por lo anterior, el empleador deberá exigir la presentación de la sentencia o Escritura Pública de reconocimiento de hijo, padre o madre de crianza.  Por otra parte, modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estableció que los siguientesmiembros de la familia de crianza serán beneficiaros de la pensión de sobrevivientes: • Hijos de crianza menores de 18 años. • Hijos de crianza mayores de 18 en situación de discapacidad. • Hijos de crianza, mayores de 18 años y hasta los 25 años que por razón de sus estudios dependían económicamente del causante al momento de su muerte. • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres de crianza del causante si dependían económicamente de éste al momento de su muerte, siempre y cuando se haya reconocido al padre de crianza dentro del núcleo familiar y a través del proceso de jurisdicción voluntaria. Los anteriores literales deberán acreditar que: i) la persona fallecida reemplazó en términos afectivos y económicos a la familia de origen, ii) que el hijo de crianza se reconoció como tal dentro de su núcleo familiar y iii) que los lazos de crianza son permanentes. Es importante dejar en claro que la presente leytambién contribuye a la normalización de la adopción y el acogimiento familiar, proporcionando una alternativa legalmente reconocida y respetuosa de los derechos del menor. Esto no solo beneficia a los menores, sino que también fomenta un cambio cultural en la percepción sobre las familias no tradicionales, representando un avance significativo en las dinámicas familiares en Colombia. La expedición e implementación de la Ley 2388 de 2024 no solo tiene una repercusión jurídica, sino que promueve un cambio social profundo que favorece la inclusión y el bienestar de los menores en el país. Autores: Andrés David Marín Pacheco y Víctor Elías Guevara Flórez. Texto suministrado por los autores. El medio no se hace responsable de conceptos, posturas ni opiniones.

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