Conozca todo acerca del nuevo decreto para motos en Cartagena

Durante la noche se ayer martes 15 de noviembre el Distrito de Cartagena dio a conocer el nuevo decreto que regirá la movilidad de los mototaxistas en la ciudad.

En el decreto 1579, se estableció que se permitirá la circulación de motos con parrillero hombre, siempre y cuando los conductores de las mismas se inscriban y registren en la página web del Distrito en el enlace: bit.ly/motosCartaqena que fue habilitado para  diligenciar la encuesta de caracterización socioeconómica.

Cabe resaltar que de la prohibición de circulación con acompañante hombre en las vías de los barrios Castillogrande, El Laguito, Bocagrande, Manga, Pie de la Popa, El Cabrero, Crespo, y Alto Bosque, se mantiene.

La medida no aplica para:

– Funcionarios y o personas que pertenezcan a Organismos de Seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional, Cuerpo Técnico de Investigación CTI de la Fiscalía General de la Nación y organismos que ejerzan funciones de policía judicial, que se encuentren ejerciendo sus labores, que porten carnet original vigente y que utilicen vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo los motocarros, cuatrimotos, y mototriciclos con acompañante masculino, además, autoridades de tránsito y organismos de socorro. 

El nuevo mandato se acordó gracias a los diálogos entre los mototaxistas, asociaciones de trabajadores y el Distrito de Cartagena, en el marco de las protestas.

El decreto tendrá un periodo pedagógico entre el día 15 de noviembre de 2022, hasta el día 19 de noviembre de 2022.

Fuente: Alerta Caribe

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