Conformando la comunidad más mayoritaria del conjunto de extranjeros procedentes de América del Sur que reside en España, suman 128.000 los colombianos que obtuvieron la nacionalidad española desde 2013. Un trámite cuyo procedimiento, a menudo lento y difícil, puede agilizarse mediante abogados especialistas. Eso sí, siempre tras reunir los requisitos básicos que exige la adquisición y aportando la documentación necesaria.

Del vínculo cultural al jurídico

Los vínculos entre el Reino de España y la República de Colombia no atañen tan sólo a lo histórico y cultural o a lo comercial y diplomático. En el espectro convivencial, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), los colombianos conforman el 25% de los residentes en España venidos de América del Sur. Seguidos por residentes de origen venezolano y ecuatoriano, la mayor comunidad americana en el territorio español.

Dada su envergadura, no es extraño que la búsqueda de cómo solicitar la nacionalidad española sea una de las preocupaciones de muchos colombianos. Y es que el proceso que conlleva el vínculo jurídico entre un extranjero y el Reino de España, además de depender de diversos factores, es a menudo un intrincado laberinto burocrático. En especial, para una comunidad que no ha dejado de crecer año tras año en el país.

Una comunidad que vuelve a crecer en España

Según los datos de 2021 del Instituto Nacional de Estadística (INE), en España residen 291.751 colombianos. Más de la mitad, mayormente distribuidos en las Comunidades Autónomas de Madrid, Catalunya y Valencia. Cifra que se acerca a su pico máximo de 2009 —donde el registro contó 296.674 individuos— y que supone un aumento de más del doble de colombianos desde el mínimo histórico de 140.527 registrado en 2016.

De acuerdo con la información aportada a los medios por la Cancillería de Colombia, las principales motivaciones de los colombianos para viajar a España son, sobre todo, la búsqueda de más oportunidades laborales y académicas. Algo que, junto con la reunificación familiar, permite a los colombianos acceder a mayores remuneraciones y ofertas de estudios, bajo la expectativa de unos mayores bienestar y calidad de vida.

Pese a la facilidad del idioma, para residir legalmente en España también es necesario conseguir la nacionalidad. Y aunque INE sitúa que 128.000 colombianos han obtenido la nacionalidad española desde 2013, año de primera entrada del registro con 39.331, el ritmo anual de adquisiciones ha menguado hasta las 8.300 del año pasado. Quizá, y pese a los cambios a mejor del procedimiento, fruto de su sobrellevado papeleo.

¿Cuál es la vía más frecuente de adquisición?

Como sucede en muchos países, existen distintas formas de adquirir la nacionalidad en España. Dejando de lado la adquisición por origen —nacer de padre o madre de origen español—, el Ministerio de Justicia diferencia otras cinco. Además de la adquisición por residencia —una de las más frecuentes, obtenida tras residir diez años de forma legal en el país—, también por posesión de Estado, por opción o por Carta de Naturaleza.

Centrándonos en la más común, la adquisición por residencia precisa de unos requisitos básicos. En el caso de los colombianos, haber residido en España de forma legal y continuada —en un plazo que se computa tras concederse la autorización de trabajo y residencia, la acreditación de familiar de ciudadano comunitario o a causa de razones humanitarias— durante 1 año para casados con españoles o 2 años como mínimo.

Así debe tramitarse la solicitud de la nacionalidad por residencia

En total, son tres los distintos trámites a realizar para obtener la nacionalidad española por residencia. Primero, aprobar la prueba de CCSE —Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España, a un coste de 135€. Después, aportar el certificado de nacimiento y los posibles antecedentes penales de Colombia. Y, finalmente, presentar la solicitud. Un trámite realmente sencillo, pero no por ello exento de supervisión legal.

Para todos aquellos colombianos residentes en España planean solicitar nacionalidad española por residencia, es también preciso recurrir a abogados expertos. Y es que, futo de un convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española, los despachos adheridos como Nacionalid.com consiguen agilizar y reducir los plazos. Pasando de los 3 o 4 años que suele demorarse a entre seis y doce meses.

Como última curiosidad, la reciente Ley de Memoria Democrática de España, aprobada este octubre, permitirá a algunos extranjeros solicitar la nacionalidad sin haber residido en el país. Aunque todavía no se encuentra en vigor, dirigida a extranjeros hijos de españoles emigrantes o exiliados por razones discriminatorias de política, ideología, creencia o identidad sexual. Un proyecto de ley interesante, pero sobre todo necesario.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.