El presidente, Ivan Duque, junto con el Ministerio del Trabajo llegó a un acuerdo con empresarios y agremiaciones obreras para subir el salario mínimo legal vigente y el auxilio de transporte un 10,7 %, lo que representa tasar este ingreso en 1.117.000 pesos.
Según lo estipulado por la ley 15 de 1959, en lo que respecta a el auxilio de transporte es un beneficio que por ley debe entregarse a los trabajadores que devengan sueldos menores a dos salarios mínimos legales vigentes, este ingreso no podrá ser entregado a aquellas personas que reciban más de dos millones de pesos al mes.
Este es un aporte del gobierno para solventar los gastos de movilidad de los ciudadanos a sus puestos de trabajo.
Las personas que trabajen desde sus hogares tampoco recibirán el auxilio de transporte, pero si recibirán aporte de conectividad para hacer efectivo el teletrabajo.
En caso de falta a su oficina o espacio laboral por incapacidad o algún otro contratiempo, podrá verse perjudicado, ya que su empleador puede descontar el dinero correspondiente a los días de inasistencia.
Es necesario tener en cuenta que el auxilio de transporte no se incluye para el cálculo de las vacaciones, ni para el pago de parafiscales o de seguridad social.