SIC sanciona a Movistar con $670 millones por uso indebido de datos personales
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción de $670 millones de pesos a la empresa Colombia Telecomunicaciones S. A. (Movistar), por realizar un tratamiento indebido de datos personales con fines de prospección comercial.
El anuncio fue realizado en la mañana del 29 de octubre, tras una investigación adelantada por la Dirección de Protección de Datos Personales.
Movistar contactó usuarios sin su consentimiento
De acuerdo con la SIC, Movistar contactó de manera reiterada a usuarios de otra empresa de telecomunicaciones a través de mensajes de texto, llamadas telefónicas y mensajes de WhatsApp, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares de los datos.
Estas acciones fueron calificadas como una vulneración al derecho fundamental al hábeas data, el cual protege la privacidad y el control de la información personal de los ciudadanos.
Decisión confirmada por la Delegatura de Protección de Datos
La Delegatura para la Protección de Datos Personales confirmó la sanción tras analizar el recurso de apelación presentado por la empresa.
“Las actividades de prospección comercial mediante el envío de mensajes o llamadas sin autorización vulneran el derecho fundamental al hábeas data protegido por la Constitución y por las leyes”, señaló la entidad.
La Delegatura recalcó que estas conductas no pueden considerarse menores, pues afectan derechos esenciales como la intimidad y la tranquilidad de los ciudadanos.
Comunicaciones invasivas e ilegítimas
La SIC fue enfática en que las comunicaciones no deseadas, realizadas incluso en horas inapropiadas o momentos inoportunos, son molestas e invasivas del espacio privado, y no están amparadas por las libertades económicas de las empresas.
“La falta de respeto que suponen las comunicaciones no deseadas no está cobijada por un ejercicio legítimo de las libertades de los agentes económicos”, precisó la entidad.
Cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y la Ley 2300 de 2023
La Superintendencia de Industria y Comercio recordó que contactar directamente a titulares de datos personales con fines publicitarios o comerciales sin su consentimiento expreso es ilegal.
Además, reiteró que cualquier tratamiento de datos personales debe cumplir con las disposiciones de la Ley 1581 de 2012 (Protección de Datos Personales) y la Ley 2300 de 2023, conocida como la “Ley Dejen de fregar”, que regula el contacto comercial con los consumidores.











