La reforma a la salud y su polémico artículo 42, ¿de qué trata?

La reforma a la salud es uno de los temas más importantes y que causa revuelo en Colombia; sin embargo, dentro de ella hay un artículo que fue motivo hasta para suspender debates, debido al desacuerdo que generaba, se trata del artículo 42.

¿De qué habla?

Como primero, el párrafo propone que la elección de los directores de instituciones de salud públicas la hacen alcaldes y gobernadores con previa verificación de requisitos establecidos por dicha ley.

Además, se establece que el Ministerio de Salud consolidará una lista de aspirantes, de acuerdo con el reporte de Instituciones de Educación Superior y el Departamento Administrativo de la Función Pública, respecto de los aspirantes que acreditan haber realizado el curso de Administración Hospitalaria y la prueba de competencia.

La periodicidad y los parámetros requeridos para las pruebas serán definidos por el mismo Ministerio.

¿Por qué se volvió polémico?

La discusión radica en la aceptación por parte de Alfredo Mondragón, ponente de la reforma y representante del Pacto Histórico, sobre eliminar la función de las universidades y el Departamento de Función Pública.

Esta discusión se amplió aún más, ya que distintos actores, como el ministro del Interior, Luis Velasco, apoyaban la idea de eliminar las condiciones de mérito para la elección de estos directores. Velasco abogaba que los “concursos” en Colombia no funcionan bien y que la responsabilidad de la salud en un municipio es del gobernador y el alcalde.

Ante esto, miembros del Congreso se pronunciaron y aseguraron que este artículo es uno de los mejores de la reforma porque impone condiciones meritocráticas para los gerentes de hospitales públicos.

De esta manera, se espera que el artículo se redacte de nuevo, pero que sean los gobernadores y alcaldes quienes decidan, de acuerdo a los méritos, a dichos directores.

Ahora, a la reforma le quedan dos debates en el Senado, Comisión VII y plenaria, para pasar al último escalón, la sanción presidencial para oficializarse ley.

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