Con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, la regla general para vincular personal en Colombia será el contrato a término indefinido. El objetivo de esta medida es garantizar la estabilidad laboral y mejorar la productividad.
Por ello, el artículo 5 de la ley modificó el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), estableciendo que:
“Los trabajadores y las trabajadoras serán vinculados mediante contrato de trabajo a término indefinido”.
No obstante, el contrato a término fijo no desaparece. Sigue siendo válido siempre que:
• Se celebre por escrito.
• No se prorrogue indefinidamente.
• Se utilice para un trabajo ocasional, accidental o transitorio.
• Su duración no supere los cuatro años.
En consecuencia, su uso deberá ser excepcional.
También se mantiene el contrato por obra o labor, que debe especificar claramente la tarea a desarrollar. Esta modalidad debe celebrarse por escrito y otorga al trabajador prestaciones sociales y vacaciones proporcionales al tiempo laborado.
Importante: si la obra finaliza y el trabajador continúa prestando sus servicios, se entenderá que el contrato fue a término indefinido desde el inicio, salvo que se le asignen funciones totalmente distintas.
Esta reforma busca promover la formalización laboral en el país, pero también representa un reto para las empresas, que deberán asumir mayores compromisos financieros y administrativos.
💬 La pregunta es: ¿está Colombia preparada para cambiar su cultura de la informalidad laboral?
EstabilidadLaboral #Ley2466 #TrabajoDigno #DerechoLaboral
📱 Instagram: @marilynespinosaabogada
🎥 TikTok: marilynespinosaos
Marilyn Espinosa Osorio
Abogada – Especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales











