A raíz de los cuestionamientos y falsas acusaciones que diferentes medios de comunicación digital y redes sociales han efectuado en mi nombre, debido a la adjudicación del contrato de mínima cuantía MC-SHD-007-2020, actuando en nombre propio y de mi agencia On-media producciones, me permito hacer las siguientes precisiones:

– Yo, Angie Dayhana Hincapié Alzate, identificada con CC 1037643259 oriunda de Cartagena de Indias D.T y C. cuento con la plena libertad de participar de cualquier tipo de licitación pública, cumpliendo con los requisitos exigidos. Soy Comunicadora Social y Periodista de la Universidad Católica Luis Amigó. Cuento con 5 años de experiencia, de los cuales los últimos 2 años han sido dedicados a emprender y construir un sueño llamado On-media Producciones.

En el momento en que tomé la decisión de emprender, fue con un objetivo claro, ético y profesional. Por ello las grandes, medianas y pequeñas empresas que han confiado en mi persona, actualmente siguen confiando en mí y en el equipo profesional que trabaja arduamente para la agencia On-media Producciones.
– Mi participación en el proceso de contratación estatal es un derecho que tiene cualquier ciudadano, sin ser estigmatizado o discriminado por ser joven o nuevo emprendimiento por parte de algunos “Periodistas”.

– El pasado 15 DE JUNIO DE 2020 participé en la primera licitación publicada por la Secretaría de Hacienda en SECOP II bajo el ID: MC-SHD-006-2020, en la cual fui la única proponente en presentarme. Sin embargo, mi propuesta fue rechazada, debido a que tuve errores específicos del IVA, por tal razón y por ser la única proponente, la oferta se declaró desierta el 19-06-2020.

– El pasado 09 de julio de 2020 volví a participar del proceso en referencia MC-SHD-007-2020 y esta vez se presentó de igual forma la agencia PGL. Sin embargo, el 13 de julio de 2020, publicaron el informe de evaluación, aclarando que Angie Dayhana Hincapié Alzate, se le otorgaba el puntaje máximo de 100 puntos, debido a que este puntaje lo adquiere quien presentara la oferta más económica de acuerdo a los pliegos de la
oferta. Yo, Angie Hincapie Alzate, presenté una propuesta económica mucho menor que la de PGL y por ello el puntaje total me lo otorgaron.

– En el informe de evaluación, cumplí con los requisitos económicos y jurídicos, sin embargo, se halló una inconsistencia en la propuesta técnica, por lo cual solicitaron subsanar el día 16-07-2020 y lo solicitado se subsanó en los tiempos y plazos establecidos a través de la plataforma SECOP II.

– Si bien es cierto que (2) de los programas radiales no se encontraban al aire, cabe aclarar que la propuesta técnica de acuerdo a los pliegos de la oferta y de la ley, pueden ser subsanables y modificables por las directrices de la Secretaría de Hacienda, por ello no podían descalificarme del proceso.
“El régimen jurídico de la regla de subsanabilidad establecido el parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley 1150 de
2007 consagra:
(…)
“Parágrafo 1°. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por las entidades en cualquier momento, hasta la adjudicación. No obstante, lo anterior, en aquellos procesos de selección en los que se utilice el mecanismo de subasta, deberán ser solicitados hasta el momento previo a su realización”

“El Consejo de Estado mediante sentencia del 26 de febrero de 2014, bajo el radicado 13001-23-31-000-1999-00113-01 (25.804) sostuvo que “con la Ley 1150 esos requisitos corresponden a los que “asignan puntaje”, de allí que, si en un proceso de contratación un requisito no se evalúa con puntos, sus deficiencias son subsanables, es decir, el defecto, el error o incompletitud se puede corregir – ¡debe corregirse! -, solicitando al oferente que aporte lo que falta para que su propuesta se evalúe en igualdad de condiciones con las demás”.
– En ese orden de ideas no se me podía descalificar por no aportar tales documentos, los cuales fueron subsanados y donde manifesté expresamente “NOTA: LA PROGRAMACIÓN DESCRITA EN ESTE DOCUMENTO PUEDE ESTAR SUJETO A CAMBIOS CONFORME A LAS DIRECTRICES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE”, por lo cual en caso de que la entidad requiera cambiar algún programa, será posible hacerlo.
– Como se ha evidenciado, este contrato año tras año se venía adjudicando a los mismos proponentes en anteriores administraciones, pero esta vez se dio un proceso de manera participativa y transparente, cosa que en años anteriores no sucedía.

Es importante resaltar que esta nueva administración ha venido rompiendo cadenas con la maquinaria política que ha estado desangrando a nuestra ciudad y qué buena oportunidad para que los nuevos emprendimientos y nuevas generaciones, podamos acceder a ser competitivos con la
contratación estatal y ser partícipe de toda esta renovación. A mis colegas del gremio periodístico que están ejerciendo oposición y generando confusión en la opinión pública, les manifiesto que no se equivoquen dudando de nuestra capacidad para ejecutar estos procesos de contratación.
– Nuestra agencia On-media Producciones cuenta con todos los requisitos jurídicos para ejecutar el presente contrato de manera responsable, transparente y profesional.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.