El promotor, de conformidad con lo dispuesto en la ley 550 de 1999; en el decreto 090 del 2000; y, en cumplimiento de la Resolución número 2022420000004633-6 de 2022, proferida por la superintendencia nacional de salud;
Avisa:
- Que, mediante Resolución No. 2022420000004633-6 de 2022, el Despacho de la Superintendencia Nacional de Salud, aceptó la promoción del Acuerdo de Reestructuración de Pasivos de la Ese Río Grande De La Magdalena con NIT. 806.013.598-2, domiciliada en el municipio de Magangué, departamento de Bolívar, calle 16 # 27-49 del barrio Santa Rita, en los términos y formalidades establecidas en la Ley 550 de 1999; Decreto 090 del 2000; y, demás normas que la complementa y adicionan.
- Que, mediante Resolución No. 2022420000004633-6 de 2022, se designó como Promotor al señor Javier Sánchez, identificado con cedula de ciudadanía No. 73.140.209.
- Que los acreedores de la Ese Río Grande De La Magdalena con NIT. 806.013.598-2, pueden comunicarse, si lo consideran pertinente, con el Promotor para efectos del proyecto de calificación, graduación de créditos y determinación de derechos de voto en la dirección: 2 # 11 – 41 Edf. Torre Grupo Área, Ofc. 904, barrio Bocagrande de la ciudad de Cartagena (Bolívar). – Tel: 6656388 – 6658456 – Cel: 3145813600 – Email: gerencia@jsgroup.com.co
- Que, el presente aviso se fija de conformidad con lo establecido en artículo 11 de la Ley 550 de 1999 y el artículo duodécimo de la Resolución No. 2022420000004633-6 de 2022, hoy 1 de agosto de 2022, por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día 2 de agosto de 2022, a las 8:00 a.m. y se desfija el día 8 de agosto de 2022, a las 5:00 p.m.