A partir de este año algunas empresas deberán contar con salas de lactancia materna

Desde el 3 de enero, las empresas públicas y privadas con más 50 empleadas o que cuenten con un capital superior a 1.500 salarios mínimos tendrán la obligación de implementar salas de lactancia materna en sus instalaciones.

Estas empresas deberán cumplir con lo dicho en la Resolución 2423 del Ministerio de Salud de junio de 2018, en la cual se detalla la implementación de salas de lactancia para facilitar la labor de las madres lactantes que laboren en las entidades.

Las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, como serán llamadas, tendrán que cumplir con unos parámetros específicos acogidos a la supervisión y vigilancia del Ministerio de Salud.

Salas Amigas de la Familia Lactante

Las entidades públicas y privadas que cumplan con las condiciones para implementar esta ley, deberán tener en cuenta algunas medidas establecidas en la resolución sobre el uso y funcionamiento de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral.

Las salas tendrán que contar con un área de congelación para el almacenamiento de la leche, una nevera o congelador que tenga un termómetro digital con sonda calibradora, bolsas para recolección de residuos y acceso a agua potable.

Adicionalmente, los gobiernos departamentales, distritales y municipales serán responsables de capacitar a las mujeres gestantes y madres en lactancia sobre la lactancia materna y el uso de las salas de lactancia.

Por último, las entidades públicas y privadas deberán inscribir las Salas Amigas de la Familia Lactante ante la Secretaría de Salud del territorio correspondiente.

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