Informe revela pérdida de $472 mil millones anuales por evasión fiscal en el mundo

Un estudio reciente, publicado por la Tax Justice Network bajo el título «El Estado de la Justicia Fiscal 2023», ha arrojado cifras alarmantes sobre las pérdidas financieras globales debidas a la evasión de impuestos en paraísos fiscales. Según el informe, el mundo está en camino de perder 472.000 millones de dólares al año durante la próxima década debido a esta práctica, con al menos 301.000 millones de dólares evaporándose anualmente debido a que las corporaciones multinacionales trasladan sus ganancias a estos territorios.

La investigación destaca que, aunque las mayores pérdidas fiscales anuales recaen en países de renta más alta (426.000 millones de dólares), las naciones de renta más baja son las más afectadas, ya que sus pérdidas fiscales (46.000 millones de dólares) equivalen a más de la mitad de sus presupuestos de salud pública. Esto plantea una preocupante desigualdad en el impacto de la evasión fiscal global.

La Tax Justice Network subraya la importancia de la evasión fiscal corporativa en esta problemática, señalando que las empresas multinacionales son responsables de una parte significativa de la producción económica mundial, lo que a su vez afecta a los ingresos fiscales de los gobiernos y aumenta las desigualdades entre los países y dentro de ellos.

La organización insta a un cambio de liderazgo en la arquitectura fiscal global, pasando del actual control de la OCDE a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), donde se busca una mayor transparencia pública, el respeto de los derechos humanos y soluciones fiscales efectivas. La ONU está considerando una convención fiscal que podría revolucionar la forma en que se aborda esta cuestión y garantizar una participación más equitativa de todos los países en la toma de decisiones sobre políticas fiscales.

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📰 C.R.A. otorga licencia ambiental al proyecto Parque Fotovoltaico Nísperos en Baranoa, Atlántico

La Corporación Autónoma Regional del Atlántico (C.R.A.) expidió la Resolución No. 0001093 de 2023, mediante la cual se concede licencia ambiental a la sociedad Fotovoltaico Cecropia S.A.S. (NIT: 901.043.459-1) para el desarrollo del proyecto Parque Fotovoltaico Nísperos, con capacidad de 19,9 MW, ubicado en el municipio de Baranoa, departamento del Atlántico. Este acto administrativo establece las condiciones técnicas y ambientales para la ejecución del proyecto, incluyendo obligaciones en materia de aprovechamiento forestal, gestión de residuos, medidas de compensación y seguimiento ambiental. La resolución, de interés para las comunidades del área de influencia y demás actores involucrados en el desarrollo sostenible del territorio, puede ser consultada en su totalidad a continuación: 📄 Descargue o consulte la resolución completa aquí abajo:

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Perrita habría terminado presuntamente con hilos en su interior tras proceso de sutura: esto dice la veterinaria

Un grupo de estudiantes de una universidad de Cartagena dedicados a ayudar a animales en condición de calle denuncian un presunto caso de negligencia por parte de una veterinaria local.  El pasado 30 de julio, miembros de este grupo habrían llevado a una veterinaria del barrio Daniel Lemaitre a una perrita para que fuese esterilizada, proceso al que fue sometida un día después de su ingreso (31 de julio) y que presuntamente habría sido llevado a cabo por parte de un médico veterinario que no contaría con el cartón profesional para realizar dichos procesos en animales.  Tal y como apunta una fuente cercana a esta caso, dos días después de la intervención al canino, personal de la veterinaria habría comunicado a los responsables del animal que a este se le habrían desprendido los puntos de sutura tomados tras la operación. Así mismo, este grupo asegura que un día después del percance ocurrido con el procedimiento al animal, los miembros de la veterinaria, presuntamente, habrían manifestado en al menos dos ocasiones más que no habían podido cerrar la herida al animal debido a que los puntos se soltaban por los ladridos de la perra. El 7 de agosto, veterinarios habrían aprobado la salida de la perrita del recinto para que continuara con el tratamiento desde su hogar. Sin embargo, dos días después la perrita habría tenido que ser reingresada a otra veterinaria, donde los médicos habrían encontrado presuntamente el interior del canino lleno de hilos Nylon. Por su parte, El Bolivarense se puso en contacto con la veterinaria donde se le realizó el proceso al animal, desde donde aseguraron que el desprendimiento de puntos en algunos animales es «normal». Además, manifestaron que actualmente, el personal estaría conformado por un veterinario y un técnico veterinario que, entre otras cosas, se dedicarian a trabajar con animales en situación de riesgo. «Nosotros a veces cobramos son los materiales, lo que nos gastamos por la sutura, las gazas, el gasto de la anestesia. Pero como en otras veterinarias cobran más caro, como sintieron el costo fuerte que cobran en otras veterinarias pagas, por eso es que se está formando la polémica que se está formando», expresó un miembro de la veterinaria. Que a su vez, confirmó que tras el proceso realizado a la perrita se les fue reembolsado a sus responsables el pago hecho por la esterilización del animal. ⚠️ Esta denuncia no contiene opiniones, posturas ni conceptos del periódico.

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Conoce cual fue el primer club en proclamarse campeón del fútbol profesional en Colombia 

Independiente Santa Fe es uno de los equipos más reconocidos y grandes del Fútbol Profesional Colombiano (FPC). Nació por una iniciativa de varios estudiantes del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y del colegio Gimnasio Moderno y fue fundado el 28 de febrero de 1941, en el Café Rhin, en el centro de Bogotá. En junio de 1948, constituida la División Mayor del Fútbol Colombiano, aprobados los estatutos y la reglamentación del torneo de fútbol profesional, se dio inicio al primer campeonato el 15 de agosto de ese mismo año.  En donde participaron 10 equipos, en la modalidad de ‘todos contra todos’ en 18 fechas. En las que destacaron: Millonarios y Santa Fe, de Bogotá; Independiente Medellín y Atlético Municipal (actualmente Atlético Nacional), de Medellín; América y Deportivo Cali, de la capital del Valle del Cauca y Junior, de Barranquilla. Pese a que el favorito para llevarse esa primera estrella era Millonarios, fue su rival de la capital de la República, Independiente Santa Fe, que bajo la dirección técnica del peruano Carlos Carrillo ganaron la primera estrella y se convirtieron en el primer equipo profesional campeón del fútbol colombiano. Para ese campeonato los ‘Leones’ como también es conocido el equipo bogotano, contaban con jugadores como: Julio “Chonto” Gaviria, Jesús María “Gallego”, Roberto “Perro” Gámez y Hermenegildo Germán Antón, quien anotó el primer gol en la historia del equipo, en la segunda fecha ante Atlético Municipal el 22 de agosto de 1948 en el estadio El Campín, casa del equipo de la capital. Con la conquista de su primer campeonato profesional en 1948, Independiente Santa Fe sentó las bases de su legado en el fútbol, marcando un hito y dejando una huella imborrable en la historia del deporte nacional.

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Aspectos jurídicos relevantes de la ley 2388 de 2024 y su importancia como factor de cambio social en Colombia

Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, en Colombia nos rige un Estado Social y Democrático de Derechos teniendo como carta de navegación la protección a los derechos humanos y fundamentales, al igual que el respeto por la dignidad humana de sus miembros. Entre dichos derechos se encuentra el de conformar una familia, derecho que goza de especial protección por parte del Estado.  Ahora bien, al analizar la carta magna nos el constituyente dejó en claro la postura de como se establece un vínculo de la familia, esto es, el reconocimiento solo del hombre y la mujer, unidos por el matrimonio, tal como lo reza el artículo 42 de la referida carta: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.  En dicho artículo, claramente se puede observar la línea tradicional, desconociendo el grado de avance y evolución del contexto de la familia en Colombia, tema discutido por la Corte Constitucional mediante las sentencias C-577 de 2011, T-316, 2017, C-258, 2015, C-085, 2019 entre otras.  El Estado Colombiano, en aras de fortalecer las garantías legales y constitucionales de sus individuos y procurar brindar seguridad en cuanto al alcance bajo el concepto de familia e hijos cobijados bajo los parámetros del término “crianza”, el pasado 26 de julio de 2024, a través del Congreso de la República, seexpidió la ley 2388 de 2024, norma que tiene por objeto “definir la familia de crianza, establecer su naturaleza, determinar sus medios probatorios y reconocer derechos y obligaciones entre sus miembros”.  Esta nueva Ley redefine el concepto de familia al incluir aquellas relaciones de afecto y cuidado que se forman fuera del vínculo biológico, otorgando a los hijos de crianza los mismos derechos que a los hijos biológicos.  Entre los derechos reconocidos, se incluyen aspectos fundamentales como herencias, beneficios laborales, en materia de seguridad social en salud, pensión y subsidio familiar, y derechos relacionados con el régimen de visitas.  Se establecieron mecanismos para que dichos derechos puedan ser legalmente reconocidos a travésde procesos notariales o judiciales, donde teniendo en cuenta los presupuestos facticos y probatorios se logre demostrar la existencia de una convivencia estable y prolongada.  Es importante establecer, que la referida ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la Seguridad Social en Colombia, en la cual el empleador deberá reconocer la licencia de luto por cinco (5) días hábiles para la familia de crianza, particularmente para el hijo, padre y madre de crianza. Por lo anterior, el empleador deberá exigir la presentación de la sentencia o Escritura Pública de reconocimiento de hijo, padre o madre de crianza.  Por otra parte, modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estableció que los siguientesmiembros de la familia de crianza serán beneficiaros de la pensión de sobrevivientes: • Hijos de crianza menores de 18 años. • Hijos de crianza mayores de 18 en situación de discapacidad. • Hijos de crianza, mayores de 18 años y hasta los 25 años que por razón de sus estudios dependían económicamente del causante al momento de su muerte. • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres de crianza del causante si dependían económicamente de éste al momento de su muerte, siempre y cuando se haya reconocido al padre de crianza dentro del núcleo familiar y a través del proceso de jurisdicción voluntaria. Los anteriores literales deberán acreditar que: i) la persona fallecida reemplazó en términos afectivos y económicos a la familia de origen, ii) que el hijo de crianza se reconoció como tal dentro de su núcleo familiar y iii) que los lazos de crianza son permanentes. Es importante dejar en claro que la presente leytambién contribuye a la normalización de la adopción y el acogimiento familiar, proporcionando una alternativa legalmente reconocida y respetuosa de los derechos del menor. Esto no solo beneficia a los menores, sino que también fomenta un cambio cultural en la percepción sobre las familias no tradicionales, representando un avance significativo en las dinámicas familiares en Colombia. La expedición e implementación de la Ley 2388 de 2024 no solo tiene una repercusión jurídica, sino que promueve un cambio social profundo que favorece la inclusión y el bienestar de los menores en el país. Autores: Andrés David Marín Pacheco y Víctor Elías Guevara Flórez. Texto suministrado por los autores. El medio no se hace responsable de conceptos, posturas ni opiniones.

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Juzgado Catorce Civil Municipal de Cartagena declara en desacato a Dau por no retractarse a favor de Dumek

En las últimas horas se conoció el documento oficial por parte del Juzgado Catorce Civil Municipal de Cartagena, donde abre incidente de desacato al ex alcalde de la ciudad William Dau, por no retractarse a favor de Dumek Turbay.  La orden fue solicitada en diciembre de 2024, por decisión de segunda instancia del  Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena quien ordenó a Dau a pedir disculpas públicas a Dumek Turbay, por unas publicaciones realizadas el 13, 15, 16 y 21 por el exmandatario en su cuenta de instagram Salvemos a Cartagena, por “afectar el derecho al buen nombre y a la honra del accionante de la tutela”.  Frente a esto, el Juzgado ordenó a William Dau, que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de dicho fallo, debía proceder a realizar la rectificación en equidad sobre las publicaciones realizadas sobre Dumek Turbay. De acuerdo con la información recopilada, esto no habría sucedido por lo que el Juzgado 14 Civil de Cartagena le abrió un incidente de desacato al observar que se venció el término otorgado. En consecuencia, dieron apertura al trámite incidental deprecado por la parte accionante, contenido en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 en aras de verificar el cumplimiento de la orden impartida del fallo de tutela de 13 de diciembre de 2024, proferido por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena. Por lo tanto, el juez Cristian Jurado Ferrer le dio tres días a Dau para que se pronuncie y ejerza su derecho de defensa.

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A través de alianza internacional buscan erradicar de la pobreza extrema a 500 familias cartageneras

A través de una alianza entre el Distrito de Cartagena y la entidad Oppotunity International, por medio del Plan de Emergencia Social (PES) Pedro Romero, buscan mejorar las condiciones de vida de 500 familias en situación de pobreza extrema. Jorge Redondo, director de PES-Pedro Romero indicó: “Por eso llegaremos a esos hogares que hoy reclaman no solo la presencia del gobierno, sino también la de entidades como Opportunity International, que les permita salir del laberinto de la pobreza”. Este acuerdo forma parte de un modelo de graduación que ofrece intervención integral a las familias más vulnerables de la ciudad llamando ‘Camino de oportunidades’. Este programa, se llevará acabo entre 14 y 18 meses, centrándose en 4 factores específicos: protección social, inclusión financiera, empoderamiento social y promoción de los medios de vida. La meta que se ha trazado el programa es ayudar a las familias más que todo a obtener estabilidad financiera y aumentar su auto sostenibilidad mediante el fortalecimiento de unidades productivas.

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