Festimar y Playa: la gran fiesta multicultural que une al deporte y la recreación

El 13 y 14 de julio, se llevará a cabo la tercera versión de Festimar y Playa,  evento que busca unir  el deporte y la recreación en escenarios turísticos de la ciudad, como lo son las playas de Cartagena,  y que en esta oportunidad contará con la presencia de más de 250 atletas provenientes de diferentes parte de Colombia como: Guajira, Magdalena, Atlántico, y Norte de Santander.

Bajo el lema “Festimar y Playa: para gente linda como tu», este festival, ha impactado a deportistas de las diferentes disciplinas especializadas en playa, como: fútbol playa, rugby, surf, festivales de zumba y aérobicos, los cuales se fusionan con conciertos de DJ´s y artistas, que encuentran en esta plataforma, la mejor pista para promover el talento de nuestra región.

Este evento, en su tercera versión  desarrollará nuevas disciplinas como: Porrismo, Karate, Taekwondo, Kick Box, Judo y Lucha, complementadas con actividades recreo-deportivas, y para los ganadores, se hará entrega de trofeos, medallas y premios, que los destacarán como los mejores de estas importantes justas; ademas,  está incluido en la agenda brindada para los turistas, esto mediante el programa, “Cartagena Mía”, que se extenderá hasta el próximo 15 de Agosto.

Otra de las intenciones de este evento es comenzar a posicionar a Cartagena como una ciudad de deporte, teniendo en cuenta que ya se prepara para los Juegos Nacionales y Paranacionales  del 2019, la heroica espera cumplir con las expectativas para este tipo de actividades tal como lo expresó Lía Sará, directora del IDER:

“Tenemos muchas expectativas con el tercer Festimar y Playa, ya que este tipo de eventos, siempre busca brindarle a las personas el buen aprovechamiento del tiempo libre, a través del deporte y  la recreación como pilar fundamental, para el desarrollo cognitivo y psicosocial del ser humano».

 

 

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Aspectos jurídicos relevantes de la ley 2388 de 2024 y su importancia como factor de cambio social en Colombia

Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, en Colombia nos rige un Estado Social y Democrático de Derechos teniendo como carta de navegación la protección a los derechos humanos y fundamentales, al igual que el respeto por la dignidad humana de sus miembros. Entre dichos derechos se encuentra el de conformar una familia, derecho que goza de especial protección por parte del Estado.  Ahora bien, al analizar la carta magna nos el constituyente dejó en claro la postura de como se establece un vínculo de la familia, esto es, el reconocimiento solo del hombre y la mujer, unidos por el matrimonio, tal como lo reza el artículo 42 de la referida carta: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.  En dicho artículo, claramente se puede observar la línea tradicional, desconociendo el grado de avance y evolución del contexto de la familia en Colombia, tema discutido por la Corte Constitucional mediante las sentencias C-577 de 2011, T-316, 2017, C-258, 2015, C-085, 2019 entre otras.  El Estado Colombiano, en aras de fortalecer las garantías legales y constitucionales de sus individuos y procurar brindar seguridad en cuanto al alcance bajo el concepto de familia e hijos cobijados bajo los parámetros del término “crianza”, el pasado 26 de julio de 2024, a través del Congreso de la República, seexpidió la ley 2388 de 2024, norma que tiene por objeto “definir la familia de crianza, establecer su naturaleza, determinar sus medios probatorios y reconocer derechos y obligaciones entre sus miembros”.  Esta nueva Ley redefine el concepto de familia al incluir aquellas relaciones de afecto y cuidado que se forman fuera del vínculo biológico, otorgando a los hijos de crianza los mismos derechos que a los hijos biológicos.  Entre los derechos reconocidos, se incluyen aspectos fundamentales como herencias, beneficios laborales, en materia de seguridad social en salud, pensión y subsidio familiar, y derechos relacionados con el régimen de visitas.  Se establecieron mecanismos para que dichos derechos puedan ser legalmente reconocidos a travésde procesos notariales o judiciales, donde teniendo en cuenta los presupuestos facticos y probatorios se logre demostrar la existencia de una convivencia estable y prolongada.  Es importante establecer, que la referida ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la Seguridad Social en Colombia, en la cual el empleador deberá reconocer la licencia de luto por cinco (5) días hábiles para la familia de crianza, particularmente para el hijo, padre y madre de crianza. Por lo anterior, el empleador deberá exigir la presentación de la sentencia o Escritura Pública de reconocimiento de hijo, padre o madre de crianza.  Por otra parte, modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estableció que los siguientesmiembros de la familia de crianza serán beneficiaros de la pensión de sobrevivientes: • Hijos de crianza menores de 18 años. • Hijos de crianza mayores de 18 en situación de discapacidad. • Hijos de crianza, mayores de 18 años y hasta los 25 años que por razón de sus estudios dependían económicamente del causante al momento de su muerte. • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres de crianza del causante si dependían económicamente de éste al momento de su muerte, siempre y cuando se haya reconocido al padre de crianza dentro del núcleo familiar y a través del proceso de jurisdicción voluntaria. Los anteriores literales deberán acreditar que: i) la persona fallecida reemplazó en términos afectivos y económicos a la familia de origen, ii) que el hijo de crianza se reconoció como tal dentro de su núcleo familiar y iii) que los lazos de crianza son permanentes. Es importante dejar en claro que la presente leytambién contribuye a la normalización de la adopción y el acogimiento familiar, proporcionando una alternativa legalmente reconocida y respetuosa de los derechos del menor. Esto no solo beneficia a los menores, sino que también fomenta un cambio cultural en la percepción sobre las familias no tradicionales, representando un avance significativo en las dinámicas familiares en Colombia. La expedición e implementación de la Ley 2388 de 2024 no solo tiene una repercusión jurídica, sino que promueve un cambio social profundo que favorece la inclusión y el bienestar de los menores en el país. Autores: Andrés David Marín Pacheco y Víctor Elías Guevara Flórez. Texto suministrado por los autores. El medio no se hace responsable de conceptos, posturas ni opiniones.

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“Fuera WhatsApp de Venezuela”: Maduro anuncia que romperá relaciones con la aplicación por unas rusas y chinas

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, declaró romper relaciones con la aplicación de mensajería WhatsApp, manifestando que es una herramienta de amenaza contra el país. Durante su programa de televisión el lunes por la noche, Maduro afirmó: «Voy a romper relaciones con WhatsApp porque lo están usando para amenazas a Venezuela». El mandatario, señaló que WhatsApp ha sido utilizada para enviar amenazas tanto a la juventud venezolana como a líderes populares y miembros de las fuerzas militares y policiales. En su discurso, hizo un llamado a la ciudadanía a abandonar la plataforma y optar por alternativas como Telegram y WeChat. «Yo voy a eliminar WhatsApp de mi teléfono para siempre, pasaré mis contactos poco a poco a Telegram y WeChat”. El presidente no escatimó en criticar a quienes, según él, usan WhatsApp con fines nefastos. «Desde teléfonos de Colombia, Miami, Perú y Chile se esconden detrás del anonimato, pero les digo a los fascistas cobardes que ustedes se esconderán, pero la juventud patriota está en la calle», añadió. Maduro instó a sus seguidores a seguir su ejemplo para evitar los mensajes de los criminales que supuestamente «amenazan a la juventud y a los líderes populares». La respuesta del público fue inmediata, con cientos de personas apoyando la sugerencia de eliminar la aplicación estadounidense en favor de alternativas creadas en Rusia (Telegram) y China (WeChat). En respuesta a estos desafíos, el mandatario solicitó al Consejo de Seguridad recomendaciones sobre el manejo de las redes sociales, destacando la falta de regulación en Venezuela.

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