Asoarabe pide a Carlos Vives no cantar en Israel

La Asociación Cultural Colombo Árabe Cartagena de Indias ha pedido al cantante Carlos Vives no presentarse en el concierto que tiene programado para este 31 de Julio en la ciudad de Tel Aviv, Israel.

“Quienes te escribimos (…) trabajamos por muchos palestinos que perdieron su patria y por palestina misma, que se quedó con menos del 22% de su territorio original, arrebatado a manos de sionistas poseedores de un gran poder económico y una gran influencia dentro de la Europa de la posguerra”

“Nosotros te queremos pedir que te unas al clamor nuestro y  ayudar a parar la limpieza étnica y romper el Apartheid del que es víctima miles de palestinos en los territorios ocupados ilegalmente (…) tu voz es importante, y sería un orgullo profundo para nosotros como colombianos y como parte del mismo género humano, que tu conciencia, tus principios y tus convicciones humanitarias profundas, nuevamente se pongan del lado y al servicio del más débil; esta vez, el pueblo palestino”.

La misiva se da en el contexto de la construcción de asentamientos israelíes en tierras palestinas, hecho que ha recibido en reiteradas ocasiones el rechazo de  la ONU. Por otra parte, esta no sería la primera vez que Carlos Vives visita tierra santa, ya que en 2017 junto con su familia se le vio de paseo por Jerusalén, territorio disputado por israelíes y palestinos.

Lo cierto es que al día de hoy Vives no ha emitido pronunciamiento alguno sobre la situación política que allí ocurre, como tampoco se ha manifestado al respecto de la misiva enviada por la organización colombo-árabe de Cartagena.

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Senadora colombiana radica documento con firmas solicitando captura de Maduro

En las últimas horas la senadora Paloma Valencia le solicitó a la Corte Penal Internacional una orden de captura contra el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro. “No más dictadura”, aseguró Valencia a través de un video donde compartió un documento con más de 30 firmas de congresistas donde piden a la entidad emitir la orden de captura. Esto, tras presuntos abusos en su elección como mandatario, abusos de poder y presunto secuestro de menores de edad. click aquí para ver el video.

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“A la cárcel todo el que robe agua, luzo gas”: empresas de servicios públicos unen fuerzas contra el fraude

Las empresas de servicios públicos de Cartagena han declarado la guerra a las conexiones ilegales. Agua de Cartagena, Afinia y Surtigas, en alianza con la Policía y la Fiscalía, han puesto en marcha una campaña para frenar el fraude en el uso de agua, energía eléctrica y gas, delitos que pueden llevar a prisión a quienes los cometan. La iniciativa busca identificar, denunciar y judicializar a todas las personas que incurran en estas prácticas ilegales, las cuales están tipificadas en la ley y pueden acarrear sanciones penales severas, incluyendo cárcel. Según datos de las empresas prestadoras del servicio, en Cartagena existe un alto número de usuarios que se conectan de manera ilegal, afectando la calidad del servicio y generando pérdidas millonarias. Como parte de la estrategia las empresas han dispuesto canales de denuncia anónimos para que los ciudadanos informen sobre conexiones ilegales sin temor a represalias. Estas denuncias serán evaluadas por las autoridades y podrían derivar en procesos judiciales contra los responsables. Recordemos que el código penal colombiano contempla penas de prisión para quienes cometan fraude en los servicios públicos, considerando estas acciones como delitos contra el patrimonio económico.

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Distrito entregó 28 apartamentos totalmente nuevos a los habitantes de Chambacú: Urb. Caminos del Cerro será su nuevo hogar 

Tras el anuncio de este fin de semana, Dumek Turbay, alcalde de Cartagena, reafirma el acompañamiento a las familias habitantes del sector Chambacú entregándoles, a través de Corvivienda, las primeras 28 actas de asignación de sus nuevos apartamentos. Todo esto, se hace en el marco del desalojo y reubicación de los residentes de este sector.  Estás 28 familias se movilizarán hasta la Urbanización Caminos del Cerro ubicado en el corregimiento de Pasacaballos, donde tendrán sus viviendas totalmente nuevas.  “Este martes serán reubicadas a la Urbanización Caminos del Cerro, en Pasacaballos, las primeras 28 familias en las caballerizas en Chambacú. Vamos a honrarlas y dignificarlas con vivienda nueva totalmente terminada, tras años de vivir en barro y tablas”, señaló Turbay vía X.

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De Getsemaní a Bazurto: la transformación del Mercado en Cartagena

En la última década del siglo XIX, Cartagena enfrentaba un desafío significativo en su infraestructura comercial. Entre 1888 y 1890, la ciudad comenzó a considerar la necesidad de construir un mercado público que pudiera suplir la creciente demanda de un espacio organizado para el comercio. Durante este periodo, Rafael Núñez se encontraba en su tercer mandato presidencial y Antonio Gambín era el alcalde de Cartagena. La antigua plaza del mercado, situada en lo que hoy conocemos como la Plaza de la Aduana, consistía en vendedores de pescado, pequeños graneros y una carnicería, distribuidos de manera informal y desorganizada. La solución a esta desorganización llegó con la construcción del Mercado de Getsemaní, un proyecto que se hizo realidad en 1904. Este mercado fue parte de un conjunto de obras destinadas a conmemorar el centenario de la independencia de España, celebrado en 1911. Diseñado por el arquitecto Luis Felipe Jaspe Franco y construido por Joaquín Nicasio Caballero Rivas bajo la dirección de Jaspe, el Mercado de Getsemaní fue inaugurado en febrero de 1904 en la ubicación actual del Centro de Convenciones de Cartagena. La estructura se dividía en varios sectores: un área para carnes, que abrió en 1920, y una para granos, en funcionamiento desde 1925. Además, en 1955 se añadió un pabellón para zapaterías y otros comercios, adaptándose a las necesidades de los cartageneros de la época y facilitando las compras en una época en la que no existían centrales de abastos. El Mercado de Getsemaní se convirtió en un importante centro comercial, representando un punto de convergencia para habitantes de diferentes estratos sociales. Sin embargo, con el tiempo surgieron varios problemas. La expansión descontrolada de vendedores informales, la invasión del espacio público, la deteriorada infraestructura, y un deficiente ambiente de trabajo comenzaron a hacer mella en el mercado. La situación se agravó el 4 de septiembre de 1962, cuando un devastador incendio conocido como “El Gran Incendio” arrasó con numerosos negocios y dañó parte del techo del pabellón principal. Estos eventos evidenciaron la necesidad de construir un nuevo mercado. El 20 de julio de 1978, el antiguo Mercado de Getsemaní se encontraba en un estado de ruina y abandono. El lugar, que había sido vibrante y bullicioso, se había convertido en un esqueleto de lo que había sido. Al día siguiente, los habitantes de Cartagena encontraron el área despejada, dando paso a un horizonte limpio que se extendía hacia la bahía. Gustavo Lemaitre Román y José Henrique Rizo Pombo fueron los encargados de liderar la construcción del nuevo mercado, cada uno desde sus respectivas administraciones. Para enero de 1978, los trabajadores fueron trasladados a la nueva plaza, y el Mercado de Getsemaní comenzó a ser demolido. La introducción del mercado en la ciudad durante los años setenta también impulsó la necesidad de modernizar el mercado. El 22 de enero de 1978, Cartagena presenció un evento significativo: el traslado de los dos mil quinientos vendedores del Mercado de Getsemaní a las nuevas instalaciones del Mercado de Bazurto. Este traslado, al ritmo de las papayeras, marcó el inicio de una nueva era para el comercio en la ciudad. El cuarenta por ciento de los comerciantes ocupó sus nuevos locales en un espacio amplio y moderno, muy diferente de las estrecheces del antiguo mercado. A medida que avanzaban las semanas, las mudanzas, demoliciones y limpiezas continuaron transformando el antiguo sitio, que algunos comparaban con un tumor que debía ser extirpado. Hoy en día, el Mercado de Bazurto se ha consolidado como el principal centro de abastos y víveres de Cartagena, y uno de los más grandes y concurridos de la ciudad. Ofrece una amplia gama de productos, desde pescado, carne, frutas y verduras hasta ropa, artesanías y electrodomésticos. Aunque no es un destino turístico popular debido a preocupaciones de seguridad y a las duras críticas que recibe, el mercado sigue siendo un punto vital para los locales. El Mercado de Bazurto es una parte fundamental del tejido económico y social de Cartagena. Su vibrante oferta de productos y el entorno sensorial único que proporciona contrastan marcadamente con el pulido centro histórico de la ciudad. Es un lugar donde los cartageneros encuentran lo que necesitan a buenos precios, directamente de quienes cosechan, pescan o preparan los productos. Además, sirve como un punto de encuentro para personas de diferentes estratos sociales, desempeñando un papel crucial en la vida diaria de muchos hogares y sectores económicos de la ciudad. Su importancia radica en ser el corazón comercial de los barrios, donde se entrelazan las historias de aquellos que, desde muy temprano en la mañana, se esfuerzan por asegurar el sustento de sus familias.

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¿Recuerdas la Heladería y Sodería Polo Norte? El icónico rincón de sabores tropicales en Cartagena

La Heladería y Sodería Polo Norte, un lugar emblemático de Cartagena, abrió sus puertas a comienzos del siglo XX, dejando una huella indeleble en la historia de la ciudad. Fundada por Andrés López Navarro, este pequeño negocio comenzó en una casa antigua junto a la Casa de la Isla, en lo que hoy es el Edificio Andian, frente a la Plaza de la Aduana. Luego, se trasladó a la calle Vélez Daníes, manteniéndose en el corazón del Centro Histórico. Conocida por su variedad de helados artesanales, Polo Norte ofrecía sabores únicos como melón, sandía, zapote, mango, y corozo, además de delicias como agua de coco, masato de maíz y chicha de frutas. No solo los sabores encantaban a locales y visitantes, sino también la experiencia que ofrecía, pues los meseros atendían a la clientela en sus carros estacionados, convirtiendo cada visita en un momento especial. La heladería creció con los años, abriendo sucursales que expandieron su fama. Polo Norte no solo fue un lugar de disfrute, sino un punto de encuentro donde generaciones de cartageneros y turistas se deleitaban con el sabor de las frutas tropicales.  Fuente y fotos. Repositorio UTB.

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Aspectos jurídicos relevantes de la ley 2388 de 2024 y su importancia como factor de cambio social en Colombia

Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, en Colombia nos rige un Estado Social y Democrático de Derechos teniendo como carta de navegación la protección a los derechos humanos y fundamentales, al igual que el respeto por la dignidad humana de sus miembros. Entre dichos derechos se encuentra el de conformar una familia, derecho que goza de especial protección por parte del Estado.  Ahora bien, al analizar la carta magna nos el constituyente dejó en claro la postura de como se establece un vínculo de la familia, esto es, el reconocimiento solo del hombre y la mujer, unidos por el matrimonio, tal como lo reza el artículo 42 de la referida carta: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.  En dicho artículo, claramente se puede observar la línea tradicional, desconociendo el grado de avance y evolución del contexto de la familia en Colombia, tema discutido por la Corte Constitucional mediante las sentencias C-577 de 2011, T-316, 2017, C-258, 2015, C-085, 2019 entre otras.  El Estado Colombiano, en aras de fortalecer las garantías legales y constitucionales de sus individuos y procurar brindar seguridad en cuanto al alcance bajo el concepto de familia e hijos cobijados bajo los parámetros del término “crianza”, el pasado 26 de julio de 2024, a través del Congreso de la República, seexpidió la ley 2388 de 2024, norma que tiene por objeto “definir la familia de crianza, establecer su naturaleza, determinar sus medios probatorios y reconocer derechos y obligaciones entre sus miembros”.  Esta nueva Ley redefine el concepto de familia al incluir aquellas relaciones de afecto y cuidado que se forman fuera del vínculo biológico, otorgando a los hijos de crianza los mismos derechos que a los hijos biológicos.  Entre los derechos reconocidos, se incluyen aspectos fundamentales como herencias, beneficios laborales, en materia de seguridad social en salud, pensión y subsidio familiar, y derechos relacionados con el régimen de visitas.  Se establecieron mecanismos para que dichos derechos puedan ser legalmente reconocidos a travésde procesos notariales o judiciales, donde teniendo en cuenta los presupuestos facticos y probatorios se logre demostrar la existencia de una convivencia estable y prolongada.  Es importante establecer, que la referida ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la Seguridad Social en Colombia, en la cual el empleador deberá reconocer la licencia de luto por cinco (5) días hábiles para la familia de crianza, particularmente para el hijo, padre y madre de crianza. Por lo anterior, el empleador deberá exigir la presentación de la sentencia o Escritura Pública de reconocimiento de hijo, padre o madre de crianza.  Por otra parte, modificó el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estableció que los siguientesmiembros de la familia de crianza serán beneficiaros de la pensión de sobrevivientes: • Hijos de crianza menores de 18 años. • Hijos de crianza mayores de 18 en situación de discapacidad. • Hijos de crianza, mayores de 18 años y hasta los 25 años que por razón de sus estudios dependían económicamente del causante al momento de su muerte. • A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos, serán beneficiarios los padres de crianza del causante si dependían económicamente de éste al momento de su muerte, siempre y cuando se haya reconocido al padre de crianza dentro del núcleo familiar y a través del proceso de jurisdicción voluntaria. Los anteriores literales deberán acreditar que: i) la persona fallecida reemplazó en términos afectivos y económicos a la familia de origen, ii) que el hijo de crianza se reconoció como tal dentro de su núcleo familiar y iii) que los lazos de crianza son permanentes. Es importante dejar en claro que la presente leytambién contribuye a la normalización de la adopción y el acogimiento familiar, proporcionando una alternativa legalmente reconocida y respetuosa de los derechos del menor. Esto no solo beneficia a los menores, sino que también fomenta un cambio cultural en la percepción sobre las familias no tradicionales, representando un avance significativo en las dinámicas familiares en Colombia. La expedición e implementación de la Ley 2388 de 2024 no solo tiene una repercusión jurídica, sino que promueve un cambio social profundo que favorece la inclusión y el bienestar de los menores en el país. Autores: Andrés David Marín Pacheco y Víctor Elías Guevara Flórez. Texto suministrado por los autores. El medio no se hace responsable de conceptos, posturas ni opiniones.

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