Atendiendo algunas sugerencias de la comunidad y con base a un nuevo estudio técnico, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, tiene previsto unas modificaciones en el próximo decreto de pico y placa para vehículos particulares.

El actual decreto vence este 30 de noviembre de 2018 y en su reemplazo el DATT puso en consideración del alcalde mayor (e), Pedrito Pereira, el borrador del que regirá desde el 3 de diciembre 2018 hasta el 27 diciembre 2019. Es de anotar que este documento está sujeto a cambios por parte del equipo jurídico de la Alcaldía Mayor de Cartagena.

A diferencia del decreto 1550 de 2017, el nuevo decreto no contempla restricciones a medio día, es decir de 12 m a 2 p.m., pero amplía la medida de 7 a 10 a.m. y de 5 p.m. a 8 p.m.

Según estudio del DATT, se analizaron los volúmenes del tránsito vehicular en las vías e intersecciones viales de la ciudad y se observó que los vehículos particulares (que circulan en gran medida sin acompañante), forman parte de los congestionamiento en las principales vías de la ciudad, especialmente en las horas pico u horas punta, es decir, de 7:00 a.m. a 10:00 a.m., y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m.

Así quedaría el nuevo pico y placa desde el 3 de diciembre de 2018.

Ese mismo análisis determina que la medida de pico y placa se debe aplicar en las principales vías donde se concentra la mayor congestión vehicular.

El nuevo decreto tendrá una rotación trimestral en lo concerniente a los dígitos de las placas. La primera semana será de sanciones pedagógicas, lo que obligará al conductor a asistir a un curso sobre normas de tránsito, so pena que el comparendo se haga efectivo.

Los vehículos que ingresan a la ciudad tendrán tres (3) horas para llegar a su destino, para ello deben presentar el tiquete del último peaje cancelado en las vías nacionales.

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