parametros para la prevención del covid-19

El Ministerio de Salud y Protección Social entregó parámetros de bioseguridad para la prevención de la transmisión del covid-19 en salas de cine, teatros, autocines y autoeventos a través de Resolución 1746 de 2020.

Uno de los principales cambios en el documento técnico, que deroga al de la Resolución 1408 de 2020, es la disposición de las sillas para guardar el distanciamiento, garantizando que los espacios para cada asistente individual o grupos estén claramente señalizado y delimitado.

Para los servicios de alimentos y bebidas se autoriza la venta presencial,
además de la virtual, conservando el distanciamiento físico de dos metros
entre personas. Además, los alimentos y bebidas comprados por los asistentes se deben entregar empacados.

Bajo toda circunstancia está prohibido el consumo de bebidas embriagantes en salas de cine, teatros, autocines, autoeventos y otras infraestructuras de las artes escénicas.

Algunos de los lineamientos del protocolo siguen siendo la constante limpieza
y desinfección con soluciones que tengan actividad virucida en las zonas de
alto tráfico de asistentes y trabajadores, como taquillas, auditorios, sillas,
baños y áreas de expendió y consumo de comidas y bebidas.

Cabe resaltar que el uso correcto del tapabocas es obligatorio y permanente,
excepto cuando se vaya a consumir alimentos o bebidas en los lugares
destinados para tal fin.

 

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