Los alegatos de Nicaragua contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia presentados por los abogados de ese país, aseguran que el Estado colombiano incumple manifiestamente el fallo de 2012. Uno de los puntos llamativos a lo largo de las audiencias, fue el uso sistemático de declaraciones de altos funcionarios del Estado colombiano para justificar los argumentos nicaragüenses.

Nicaragua presentó en pantalla a los jueces de la Corte, declaraciones de Juan Manuel Santos e Iván Duque en calidad de presidentes, de Martha Lucía Ramírez en funciones tanto de vicepresidenta como de canciller, e incluso de mandatarios precedentes como Álvaro Uribe y Noemí Sanín.

Se puntualizaron las declaraciones del expresidente Santos en la postrimería del fallo de 2012, en las que señaló que la sentencia de la Corte no era aplicable hasta que no se hicieran negociaciones particulares con Nicaragua, o que Colombia no podía aceptar la delimitación marítima realizada por una Corte por cuanto la Constitución colombiana es la única que permite el establecimiento de límites y que Colombia y sus fuerzas armadas defenderían a capa y espada los espacios marítimos del Caribe, incluso aquellos otorgados a Nicaragua en la sentencia de 2012.

Así mismo, recalcaron las propuestas realizadas por Santos y Duque en campaña de solucionar el tema de la delimitación marítima con Nicaragua por medio de un referendo, por cuanto se consideraba inaceptable que un tribunal internacional se adjudicara dicha capacidad.

También se mencionó sobre declaraciones muy recientes del presidente y la vicepresidenta, en las que continúan afirmando que el limite entre Nicaragua y Colombia es el meridiano 82, pese a que la Corte dejó muy claro que no lo era desde su fallo sobre excepciones preliminares del 2007.

Por ello, Carlos Argüello, agente histórico de Nicaragua, argumentó que, en diversas declaraciones de Noemí Sanín y Álvaro Uribe, para citar ejemplos, se ha llegado al extremo de cuestionar sistemáticamente no solo la idoneidad profesional de los miembros de la Corte sino sus cualidades personales y morales. Todo esto, acompañado de pruebas.

Sumado a esto, Nicaragua presentó argumentos para justificar que la negativa de Colombia en aceptar el fallo de 2012 no se expresó solo en palabras, sino que a su vez, conllevó hechos concretos. Para esto, se realizó una presentación de incidentes en la Zona Económica Exclusiva de Nicaragua en los que la Armada Colombiana hizo presencia para defender el territorio. En las pruebas allegó grabaciones y mapas que desconocen los límites que se trazaron por medio del fallo de 2012.

Finalmente, Nicaragua indicó detalladamente porqué el Decreto de Santos de 2013 que creó la Zona Contigua Integral es contrario a derecho internacional, debido a que excede las 24 millas náuticas que son legalmente permitidas, así como los límites de la costumbre internacional. Se solicitó a la Corte que Colombia ajuste su legislación a la medida del fallo de 2012 y que compense por los daños ocasionados.

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